La guerra que ha iniciado Facua contra el Consejo, por la devolución del dinero de las sillas y los palcos de una Semana Santa que no se celebrará, va para largo.
Muchos emplearán el argumento, válido, pero no legal, del uso de ese dinero. El montante que saca el Consejo va destinado a todas las hermandades de Sevilla. A bastante de ellas, sobre todo las que no tienen un número elevado de hermanos, este montante les supone poder seguir un año más con su obra de caridad, pudiendo estrenar enseres o incluso procesionando.
El Consejo se aferra a una normativa, que ellos redactaron, sobre el uso y disfrute de estas sillas y palcos. En este documento se dice textualmente «la suspensión de alguna o de todas las estaciones de penitencia por causa meteorológica o por cualquier otro motivo, no dará derecho a devolución alguna de dicha aportación». Esa regla del Consejo, con la ley en la mano, no tiene validez.
Tampoco se le podría atacar al Consejo por la ley de consumidores y usuarios, pues el Consejo no tiene la condición de productor, empresario o proveedor. El asunto se reglaría por los principios generales de obligaciones y contratos, enmarcados en el código civil. Estamos ante una obligación recíproca por la que la gente pagaba su localidad, con el IVA, a cambio de poder usar la misma en la Semana Santa.
El ejemplo de la lluvia tampoco se podría usar al cien por cien. Cuando llueve, los palcos están montados y puede ir uno con su paraguas y sentarse en su localidad, aunque los pasos no procesionen por allí. Que los palcos se hayan desmontado con varias semanas de antelación respecto a la Semana Santa da por hecho que la prestación no se va a llevar a cabo.
Si la pandemia del coronavirus se hubiera dado el año pasado, cuando el Consejo aún no cobraba el IVA de las sillas, el ente presidido por Paco Vélez sí podría haber hablado de donación. En esta ocasión, con el impuesto cobrado y pidiendo una reducción del mismo al 10 por ciento, la misma con la que están gravados los espectáculos, es indiscutible el carácter mercantil del uso de las sillas y palcos. Si el Consejo no va a cumplir con su obligación de la prestación del servicio, tiene que devolver el importe previamente cobrado por ello.
En caso de la negativa a la devolución por parte del Consejo, a los usuarios no les quedaría más remedio que demandar. Pero ya se sabe lo que puede pasar en un juicio, más aún cuando no hay una regulación concreta al respecto a la posible devolución del dinero para un supuesto tan extraordinario.
El IVA de las sillas
Dentro de unos días, Hacienda abre el periodo para la declaración trimestral del IVA y es probable que sea uno de los motivos por lo que el Consejo aún no se haya pronunciado sobre la devolución, o no, de los palcos y las sillas.
Este año, al gravar las sillas y palcos con el IVA, el Consejo puede deducirse en Hacienda algunos de los gastos que hubieran tenido. El año pasado, el Consejo no podía obtener esta ventaja fiscal porque las localidades no tenían el incremento del 21 por ciento.
El gravamen de las sillas arroja dos vencedores: Hacienda y el Consejo, y un perdedor: el usuario.