Actualizado: 02 dic 2019 / 10:33 h.
  • «Retiré mi plan de pensiones y tuve que devolver la cuarta parte. ¿Qué hice mal?»
Responde Carmen Muñoz  (abcbolsa.com)
Miembro de Chartered Institute for Securities & Investment num. 226382. Certificate in Wealth & Investment Management. Certificado Internacional de Gestión de Patrimonio e Inversiones

Pregunta: Yo tuve un plan de pensiones y cuando lo retiré tuve que devolver casi la cuarta parte de lo que retiré.
Hice cuentas y creo que interesa mucho más poner el dinero debajo de un ladrillo. Bajo mi punto de vista, un timo, como el de la estampida ¿le suena?

Respuesta: Si, efectivamente los planes de pensiones no están exentos de tributación y lo hacen además como renta del trabajo, con lo que ello conlleva, que es que en algunos casos se puede llegar a tributar al tipo máximo en la declaración de la renta, que actualmente está en el 45% de los ingresos anuales.

La ventaja de contratar un plan de pensiones radica en que cuando hacemos las aportaciones al plan de pensiones estamos en activo laboralmente y por lo tanto tenemos un tipo de tributación mayor que cuando nos jubilamos. Al realizar aportaciones al plan de pensiones nos beneficiamos fiscalmente.


Recordemos los tramos de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

«Retiré mi plan de pensiones y tuve que devolver la cuarta parte. ¿Qué hice mal?»

Cuando nos jubilamos tenemos menos ingresos y nuestro tipo impositivo es menor.

Antes de rescatar un plan de pensiones tenemos que hacer cálculos para valorar cual es la forma mas ventajosa en nuestro caso para rescatar el plan, tenemos varias opciones:

Rescatar el plan de pensiones en el mismo año en que nos jubilamos no es la mejor idea de cara a los impuestos, esto es debido a que nuestro salario será superior a la pensión pública de jubilación que nos quede y por lo tanto nos subirá el tramo de IRPF haciéndonos pagar un alto porcentaje de nuestros ahorros en el plan de pensiones.

Otra opción es rescatarlo en forma de rentas periódicas, mensuales, trimestrales..... de esta forma cada año tributaremos por la escala que nos corresponda, que siempre será menor que si lo rescatamos todo de golpe en el año de la jubilación.

También podemos optar por una forma mixta: ir rescatando en forma de rentas periódicas y si necesitamos cantidades mayores rescatar parte del capital algún año. Siempre haciendo cálculos para intentar que nuestro tipo impositivo no se dispare.

"Poner el dinero debajo de un ladrillo" no es aconsejable desde el punto en que la inflación se sitúa de media en un 2,5% anual, con lo que perdemos poder adquisitivo constantemente.

Quisiera destacar que los planes de pensiones no son los únicos productos para ahorrar de cara a nuestra jubilación, aunque si que tienen ciertos beneficios fiscales cuando estamos en edad de trabajar.

Dada la complejidad de nuestro sistema financiero y fiscal es aconsejable estar bien asesorado por un profesional para evitar pagar un exceso de impuestos.

NOTA: La toma de decisiones de inversión debe hacerse de manera responsable y siendo conscientes de los riesgos que se asumen. El Correo de Andalucía, Carmen Muñoz y abcbolsa.com no aceptan ninguna responsabilidad por el contenido y los análisis del consultorio. Se advierte igualmente que la operativa en el mercado de valores supone un riesgo elevado e implica una vigilancia constante de la posición.

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