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Actualizado: 09 oct 2021 / 00:01 h.
09-10-2021 | Edicto del Ayuntamiento de Aznalcázar

ANUNCIO DE Actuaciones de deslinde «Camino de la Dehesa o Camino de Aljobar»

Por Acuerdo del Pleno de fecha 8 de septiembre de 2021, en relación al expediente n.º 1742/2021, se acordó:

PRIMERO.- Desistir del actual procedimiento de deslinde de oficio para todo el “Camino de la Dehesa”, también denominado “Camino de Aljoba o Aljobar” y que cuenta con numeración 1983/2018.

SEGUNDO.- INCOAR NUEVO PROCEDIMIENTO DE DESLINDE DE OFICIO, para todo el “Camino de la Dehesa” también denominado “Camino de Aljoba o Aljobar” del término municipal de Aznalcázar conforme a las descripciones expresadas en la Memoria Técnica para la delimitación provisional del camino, conservando e incorporando al mismo todas las actuaciones llevadas a cabo en el expediente 1983/2018 que sean susceptibles de ello.

TERCERO.- NOTIFÍQUESE este Acuerdo conforme a lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, en cuanto al trámite de Información pública y emplazamiento a las personas interesadas. Esto es, ANÚNCIESE en el Boletín Oficial de la Provincia, en un diario de los de mayor difusión de la provincia y en el tablón de edictos de la Entidad, con una antelación mínima al inicio de las operaciones de apeo de treinta días a partir de la fecha de la última publicación. Y NOTIFÍQUESE de forma individualizada a quienes aparezcan dueños de las fincas colindantes y como titulares de derechos reales sobre las mismas que se hallen inscritos en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con el Informe de deslinde provisional, con idéntica antelación. Todo ello con expresión de los medios de impugnación que, en su caso, procedan frente a este acuerdo.

Las notificaciones se realizarán de conformidad con el artículo 41 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando para los avisos de notificación, el último dispositivo electrónico o dirección de correo electrónico comunicada, y sin que la falta de práctica de este aviso pueda ser considerada por los interesados como invalidez de la actuación, todo ello de conformidad con el artículo 41.6.

CUARTO.- Se fija como fecha para la realización de las OPERACIONES MATERIALES de DESLINDE relativo al “Camino de la Dehesa” también denominado “Camino de Aljoba o Aljobar”, las cuales tendrán lugar sobre el espacio a deslindar el próximo 22 de noviembre de 2021 a las 08:00 horas de la mañana, iniciándose en la confluencia de las vías A-474 y SE-667.

Los interesados que quieran conocer el momento exacto en que se realizará el deslinde en un determinado punto, podrán informar al Ayuntamiento, de un número de teléfono en el que puedan ser localizados cuando se aproxime el deslinde de dicho lugar, debiendo en ese o el caso contrario, asegurar que la comitiva pueda transitar por lo que es un camino público al objeto de poder llevar a cabo los trabajos encomendados.

Los trabajos consistirán en el amojonamiento provisional del tramo de camino, con toma de los datos topográficos que sirvan para identificar las características del espacio a deslindar, con detalladas referencias de los terrenos limítrofes y de las aparentes ocupaciones e intrusiones existentes, levantándose acta de todas las operaciones practicadas, con el contenido expresado en el artículo 136 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

Al acto asistirán, al menos, una persona técnica competente designada por la Entidad, el personal necesario para la realización de las operaciones materiales y la persona titular de la Secretaría o funcionario en quien delegue. Las personas interesadas podrán acudir asistidos de los asesores que estimen convenientes.

Dada las características y longitud del camino, se permitirá la redacción de actas parciales en las que pueda quedar reflejada la comparecencia en determinados puntos de personas interesadas. Dichas actas parciales serán incorporadas a una global que recoja todas las actuaciones realizadas en cada día.

Al finalizar las actuaciones de cada día, la comitiva informará a los presentes del día y hora en que continuarán las actuaciones, entendiéndose que se produce acuerdo a los efectos del artículo 136.5 del Decreto 18/2006, del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, salvo manifestación expresa y contraria de los asistentes en ese momento.

QUINTO.- Notificado y publicado que sea el presente acuerdo, las PERSONAS INTERESADAS podrán presentar cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes a su derecho hasta DIEZ DÍAS antes del señalado para el inicio del acto de apeo. Con posterioridad no se admitirá documento o alegación alguna, sin perjuicio de las manifestaciones que puedan realizarse en dicho acto.

La contestación a todas la alegaciones y peticiones efectuadas en el expediente 1983/2018, serán trasladadas al nuevo expediente que con el presente Acuerdo se incoa, excepto aquellas que ya hayan perdido su razón por el desistimiento y nueva incoación aquí acordada.

SEXTO.- Facultar a la Sra. Alcaldesa para llevar a cabo las actuaciones necesarias en orden a ejecutar lo acordado.

En Aznalcázar, a la fecha de la firma.
La Alcaldesa-Presidenta,
D.ª Manuela Cabello González.