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Actualizado: 29 dic 2021 / 00:00 h.
29-12-21 | Edicto Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache

AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DE AZNALFARACHE

Que en sesión extraordinaria y urgente celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento, el día diez de Noviembre de dos mil veintiuno, se adoptó, entre otros, acuerdos, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Primero: Aprobar inicialmente, en la forma que aparece redactada, la INNOVACIÓN POR MODIFICACIÓN DE LAS N.N.S.S. DE SAN JUAN DE AZNALFARACHE ADAPTADAS PARCIALMENTE A LA L.O.U.A. RELATIVA A: LA UNIFICACIÓN EN UN SOLO SECTOR DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO DEL SECTOR 4.2 Y UNIDADES DE ACTUACIÓN UA-5.2 Y UA-7, así como el ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO y los ANEXOS al mismo, redactados por al arquitecto Fernando Vázquez Marín y promovidos por el Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache.

Segundo: Suspender por un plazo de dos años, el otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en las áreas en las que las nuevas determinaciones para ellas previstas supongan modificación del régimen urbanístico vigente. Las áreas citadas son las siguientes:

La suspensión se extinguirá, en todo caso, con la publicación de la aprobación definitiva de la Modificación referida, y todo ello en base a lo determinado en el artículo 27.2 y 3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y art. 120.1 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico.

Tercero: Someter a información pública la INNOVACIÓN POR MODIFICACIÓN DE LAS N.N.S.S. DE SAN JUAN DE AZNALFARACHE ADAPTADAS PARCIALMENTE A LA L.O.U.A. RELATIVA A: LA UNIFICACIÓN EN UN SOLO SECTOR DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO DEL SECTOR 4.2 Y UNIDADES DE ACTUACIÓN UA-5.2 Y UA-7, el ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO, los ANEXOS así como el RESUMEN NO TÉCNICO y la suspensión del otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas, mediante anuncios en el BOP, en uno de los diarios de mayor difusión provincial y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, a efectos de permitir y fomentar la participación ciudadana mediante la formulación de alegaciones, observaciones y propuestas, conforme a lo establecido en los artículos 6.1 y 39.1 LOUA.

Dicha información pública tendrá un plazo mínimo de 45 días, en virtud del artículo 40.5.g) en relación con el artículo 38.4 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, dado que dicho plazo es superior al establecido por el artículo 32.1.2ª

Cuarto: Requerir informe o dictamen u otro tipo de pronunciamiento de los órganos o entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos, que deberán ser emitidos en esta fase de tramitación del instrumento de planeamiento y en los plazos que establezca su regulación específica (art. 32 1. 2. LOUA), habiéndose considerado como necesarios los siguientes:

INFORMES SECTORIALES AUTONÓMICOS (recabados a través de la Comisión Provincial de Coordinación Urbanística):

INFORMES PRECEPTIVOS (NO VINCULANTES)

o Vivienda: Plazos de vivienda protegida.
o Comercio
o Incidencia Territorial
o Transportes de Mercancías.
o Espacios Protegidos.
o Turismo
o Educación

INFORMES PRECEPTIVOS Y VINCULANTES

o Patrimonio Histórico
o Carreteras
o Ferrocarril de Interés Metropolitano
o Puertos
o Salud
o Memoria Histórica de Andalucía

INFORMES SECTORIALES ESTATALES

INFORMES PRECEPTIVOS Y VINCULANTES

o Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
o Costas
o Carreteras
o Puertos
o Aeropuertos
o Telecomunicaciones

Quinto: Comunicar la aprobación inicial de la innovación referida a los municipios colindantes de Gelves, Mairena del Aljarafe, Tomares y Sevilla para que si lo estiman conveniente puedan comparecer en el procedimiento y hagan valer las exigencias que se deriven de sus intereses públicos con incidencia o relevancia territorial (art. 32.1.2. LOUA).

Sexto: Facultar al Alcalde - Presidente para cuantas cuestiones de trámite surjan con motivo de los acuerdos anteriores.”

La documentación referida puede consultarse en portal de transparencia municipal en el enlace:

http://transparencia.sanjuandeaznalfarache.es/es/transparencia/indicadores-de-transparencia/indicador/Modificaciones-aprobadas-del-PGOU-y-los-Planes-parciales-aprobados-00018/

Lo que se hace público para general conocimiento.
San Juan de Aznalfarache a la fecha digital indicada.
EL ALCALDE
Fdo. Fernando Zamora Ruiz