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Actualizado: 22 ene 2021 / 11:28 h.
  • Estación ITV. / EFE - Archivo
    Estación ITV. / EFE - Archivo

Tras declararse el estado de alarma el pasado año, al iniciarse la pandemia y decretar el Gobierno el confinamiento de toda la población, la DGT ya advirtió que ‘no se denunciará a los titulares de los vehículos cuya inspección técnica haya vencido durante el estado de alarma o sus prórrogas, así como a los que habiendo vencido con anterioridad, acrediten que tenían cita para realizar la inspección en fecha posterior al inicio del estado de alarma’. Las ITV estuvieron cerradas y se hacía imposible presentar vehículos para su inspección.

Una vez que concluyó el estado de alarma, las estaciones ITV pidieron que se permitiera a los conductores poder acceder a las inspecciones de forma gradual. Era imposible hacerse cargo de miles de vehículos al mismo tiempo. Para dar solución al problema, el Ministerio de Sanidad publicó la Orden SND/413/2020 de 15 de mayo en la que se establecieron medidas especiales para la inspección técnica de vehículos y para fijar moratorias que racionalizasen el proceso de inspección. Todavía hoy, existen vehículos que pueden pasar la inspección:

Vehículos que tendrían que haber pasado la ITV

Del 06/06 al 12/06 pueden hacerlo hasta el 31/01/21

Del 13/06 al 19/06 pueden hacerlo hasta el 15/02/21

El 20/06 pueden hacerlo hasta el 02/03/21

El resto de vehículos habrá tenido que pasar la inspección en la fecha que le correspondiese. Y los que debían pasar por la estación ITV después del estado de alarma decretado en marzo del año 2020 y sus prórrogas, debieron pasarlo en el momento que indica la norma de forma habitual.

Por supuesto, las compañías aseguradoras deben atender a lo dispuesto por el Gobierno de España a la hora de asegurar o cubrir siniestros garantizados en póliza de los vehículos afectados.