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Actualizado: 23 mar 2023 / 15:59 h.
  • El ministro de Cultura y Deportes, Miquel Iceta en un establecimiento incluido en el Bono Cultural Joven. EFE/Enric Fontcuberta
    El ministro de Cultura y Deportes, Miquel Iceta en un establecimiento incluido en el Bono Cultural Joven. EFE/Enric Fontcuberta

Los jóvenes aficionados que cumplan 18 años en 2023 podrán gastar 200 euros de los 400 que contempla el llamado Bono Cultural en ir a los toros. Así lo contempla el Real Decreto regulador aprobado el pasado lunes en el Consejo de Ministros y así lo ha confirmado la empresa Pagés este mismo jueves anunciando que el ministerio de Cultura ha rubricado la adhesión de la firma que dirige Ramón Valencia a dicho bono. Ese incentivo se aplicará en la venta de entradas sueltas, que comenzará el próximo 30 de marzo después de agotarse los plazos de renovación y adquisición de nuevos abonos.

No deja de ser el colofón a un proceso jurídico que culminó el pasado mes de febrero con la sentencia del Tribunal Supremo que estimaba el recurso de la Fundación Toro de Lidia contra el Real Decreto por el que se establecía la regulación del bono cultural y excluía a los toros de las actividades culturales a las que se podía acceder con esa ayuda del Gobierno.

Dicha sentencia, explicaba la Fundación en un comunicado, “reitera la naturaleza cultural de la tauromaquia, reconocida tanto por el legislador como por las resoluciones judiciales, así como la obligación impuesta a los poderes públicos de actuar positivamente en relación con el fomento de la tauromaquia, razón por la que la exclusión de los espectáculos taurinos del Bono Cultural hubiera requerido una mayor justificación”.

La sentencia, añadía la misma nota de prensa, “establece que no se puede justificar la exclusión como se pretendió por la supuesta equiparación con otras actividades también excluidas como los espectáculos deportivos, la moda o la gastronomía, por el especial reconocimiento legal que tiene la tauromaquia en sus dimensiones cultural, histórica y artística”. De la misma forma, dicha sentencia estima el recurso contencioso-administrativo “por no haberse justificado la exclusión de los espectáculos taurinos del ámbito de aplicación del Bono Cultural Joven, condenado también en costas a la Administración”.