El empresario español es reticente a contratar empleados fijos desde el inicio. Suele ofrecer un contrato temporal que luego, convertiríamos en fijo, y si nos dan una subvención por hacerlo, mejor. Se suele pensar que cuando se hacen fijos, los trabajadores se acomodan, vienen las bajas por enfermedades sospechosas, y no estan “estimulados”. Es la razón que he constatado en mi consulta de abogado.
¿Es positiva esta forma de pensar?. ¿Es la espada de Damocles del contrato temporal, el estímulo adecuado, para trabajar bien? ¿Aquello de, como te despistes no te renuevo?
De momento el contrato temporal que finaliza por agotar su tiempo, comporta una indemnización de 12 días por año que viene a ser casi medio mes de sueldo por cada año que haya estado el empleado trabajando. Además, para que el contrato no sea considerado fijo fraudulento, la cláusula de temporalidad ha de ser clara, definida, y delimitada, lo que no siempre sucede, adscribiendo al trabajador a un lugar, y un cometido concreto. De no ser así, como castigo a exceder los límites, ¡zás!, el contrato se convertirá en fijo a jornada completa (aunque el trabajador esté contratado para trabajar media jornada). También a veces en la práctica, se encadenan varios contratos temporales, con la idea (muy extendida) de que el empleado “no se nos haga fijo”. Pues igual: el juez, o el inspector de trabajo, tomará la antigüedad del primer contrato, y contará los días hasta el último trabajado, sin tener en cuenta las interrupciones de los días no trabajados, declarará fijo al trabajador y calculará la indemnización por despido, multando a la empresa, a la que además obligará a cotizar con recargo, por todo ese periodo. Un regalo.
En los contratos indefinidos, la indemnización de despido supone 33 días por año. Descontando la indemnización de temporales, en realidad afrontamos 21 días por año. Pero hay un periodo de prueba, en el que la extinción es libre y gratis. Conviene saber que la duración media de los contratos temporales son 43,3 días, y que los periodos de prueba, van de 2 a 6 meses, media de 4 meses, casi 3 veces la duración del contrato temporal medio. En este caso ahorraríamos incluso los 12 días por año, si contratamos a un fijo con periodo de prueba.
Y, ¿Qué me dicen del estímulo? ¿Acaso la espada de Damocles implícita del “mira que no te renuevo” produce algo más que rencor?. Estoy cansado de preguntar a jóvenes: a mis hijos y sus amigos, a alumnos, etc. y todos me dicen lo mismo. No queremos tanto un buen sueldo, como tener estímulo, tiempo libre y tranquilidad. El estímulo genera mucha más productividad que la amenaza de “te pongo en la calle” a los viejos modos. Lo tengo visto y vivido en más de 30 años de laboralista, se cazan más moscas con miel que con vinagre.
¿Hay malos empleados? Claro, como empresarios. De ambos hay malos, perros y flojos.
Si periodo de prueba si se usa bien y durante el mismo, evaluamos el rendimiento y aptitud laboral, la cosa tiene arreglo a coste cero.
Si se nos escapa alguno, que puede ser, qué le vamos a hacer ...pagamos 8 días más, si tenemos causa objetiva de despido, o 21 días más, si no la tenemos, y el “malo” ya es historia. Si no lo han catado en un año, es que el empresario es muy torpe. Pero les aseguro que la inversión en estímulo, y el retorno en rendimiento que el empleado devuelve, compensa, así que, mejor contratar trabajadores indefinidos desde el primer día.