La crisis y fallecimiento del derecho de los consumidores y usuarios. Los nuevos dictadores

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02 dic 2021 / 04:00 h - Actualizado: 02 dic 2021 / 04:00 h.
"Tribuna"
  • La crisis y fallecimiento del derecho de los consumidores y usuarios. Los nuevos dictadores

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Los consumidores y usuarios son aquellas personas físicas o jurídicas que adquieren productos con fines ajenos a su actividad comercial o profesional y como destinatarios finales de dichos artículos. La Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios establece una protección especial, dotándoles de instrumentos legales de protección y defensa. Esta defensa ha devenido ineficaz y no resulta preventiva.

Los consumidores y usuarios tienen reconocidos legalmente determinados derechos, que vienen recogidos en el Real Decreto Legislativo 1/2007. (Última modificación legislativa: Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica).Así, se indica en el artículo 8 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias que son derechos básicos de los consumidores y usuarios: la protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad; la protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular, frente a las prácticas comerciales desleales y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos; la indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos; la información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute; la audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, .....

Por último, se reconoce como derecho básico de los consumidores y usuarios la protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial en relación con las personas consumidoras vulnerables.

Todo ha devenido en pura hipocresía institucional.

Así, los derechos de las personas consumidoras vulnerables gozarán de una especial atención, teórica...... que sería recogida reglamentariamente y por la normativa sectorial que resulte de aplicación en cada caso. Asimismo, los poderes públicos promocionarán políticas y actuaciones tendentes a garantizar sus derechos en condiciones de igualdad, con arreglo a la concreta situación de vulnerabilidad en la que se encuentren, tratando de evitar, en cualquier caso, trámites que puedan dificultar el ejercicio de los mismos.

La realidad es que no atiende nadie. O se hace virtualmente tarde, mal, y por mera formalidad. Cuando no te atiende una máquina. O no te cogen ni el teléfono.

Todos estos derechos son de carácter teóricamente irrenunciables debiéndose sancionar con nulidad de pleno derecho los actos o manifestaciones por cuya virtud, consumidores y usuarios renuncien a los derechos que tienen legalmente reconocidos. En realidad se reproduce la teoría general sobre eficacia y validez de los contratos que viene establecido en nuestro Código Civil y que ha sido desarrollado jurisprudencialmente, sanciona con nulidad de pleno derecho los actos realizados en fraude de Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Código Civil.

Se establecen, además, en la normativa vigente (arts. 11 a 16 LGDCU 2007) distintos preceptos que tienden a garantizar la protección del consumidor o usuario, recogiéndose obligaciones tendentes a garantizar la salud y la seguridad de los consumidores, y la información y formación de los mismos. De otro lado, se establece que los poderes públicos deben fomentar la formación y la educación de los consumidores y usuarios, garantizando o asegurándose de que estos dispongan de la información que sea precisa para el eficaz ejercicio de sus derechos, debiendo velar por que se les preste la información comprensible.

Los derechos de los consumidores han sufrido un importante retroceso tras la última crisis financiera (y sanitaria) cuyas secuelas perduran. La agitación que supone el proceso de digitalización y concentración de entidades ha debilitado la posición de los clientes ante las grandes empresas.

Hay un enorme deterioro de los derechos. Una decadencia que se aprecia en la falta de una legislación adecuada, la ausencia de una autoridad que proteja específicamente a los consumidores y en la involución, tardanza e insensibilidad de nuestra Jurisprudencia.

Se ha creado por el Supremo la categoría el “cliente minorista experto”, no prevista en la ley, que debilita derechos de los consumidores.

Los supervisores no han cumplido sus obligaciones. Critico que una misma autoridad tenga la misión de vigilar la solvencia de las entidades y proteger a los consumidores. Se ayuda a los verdugos y se pasa de las víctimas. El consumidor esta consumió.

La situación actual es de incumplimiento de las normas existentes de forma palmaria. Nuestra Constitución, proclama que el fin de toda sociedad política “es el bienestar de los individuos”.

1.-La luz.-Empresas de energía.-Máximos históricos.-

El resultado de este incremento del coste, hace que en noviembre el importe de la factura de la luz de un hogar medio (con 4,6 kW de potencia contratada y 292 kW de consumo mensual) se dispare hasta los 95,94 euros, un 59% más que lo que se pagó el pasado año por estas mismas fechas.

Esta evolución se traduce en un sobrecoste real de la factura media, la más elevada de los últimos años.

Los precios de la gasolina y el diésel encadenan siete semanas consecutivas al alza y marcan un máximo desde 2013.-

Para entender la factura de la electricidad se necesita mínimo un Master.

Mientras más oscuridad, menos reclamaciones.

Es una desinformación buscada.

2.-Banca.-

“Desde 2007 España ha cerrado el 52,3% de sus sucursales bancarias y ha disminuido su densidad de sucursales en un 56,4%.La banca seguirá disminuyendo el número de sucursales. Intente Vd. que le atiendan por teléfono o hacer una reclamación. Las personas más vulnerables tendrán que recorrer muchos kilómetros y horas de espera para ser atendidos.

Nivel de atención muy malo .Subida de comisiones muy alto.

Si Vds. ha llegado tarde al mundo de la digitalización. No espere que un ser humano le atienda.

3.-Telefonia móvil.-

¿Es vid titular de La Línea? Me pregunta cada tarde mi operadora favorita, cuando voy a echar una cabezada.

-No soy suplente del Algeciras .Le contesto.

No se le ocurra devolver una factura por conceptos indebidos.

Miles de asesorías le llamaran tarde y noche a Vd., a su mujer, sus hijos, y su prima que vive en Calatayud.

La coacción y acoso será el método habitual-

Acoso telefónico. Cláusulas de permanencia. El denominado “roaming”.Imposibilidad de contactar para meras informaciones, con esperas de más de 15 minutos etc... denuncias por envío de facturas después de que los usuarios hubieran solicitado la baja, las amenazas con penalizaciones abusivas por anular contratos antes de finalizar los compromisos de permanencia, los incumplimientos de ofertas comerciales, el cobro de llamadas o mensajes no realizados, o el alta en servicios no solicitados. Una vergüenza.

4.-La delegación de medioambiente del Ayuntamiento de Sevilla.-

Tiene vid un bar debajo de su casa .Que pone música, realiza actuaciones en directo o tiene doscientos veladores.

No tiene Vd. nada que hacer .La delegación de medio ambiente no está para ni por ayudarle. Tendrá que irse a un pleito civil. (Y mientras antes mejor)

Si todo esto lo hubiera hecho o hubiera ocurrido con otro gobierno. Arde Troya. (Con y sin rima)..-

Descanse en paz el derecho del consumidor ...si alguna vez realmente existió....