Hace ya varios otoños que las poblaciones cercanas a las marismas donde se queman indiscriminadamente los rastrojos del cultivo del arroz sufren las consecuencias, porque el aire se hace irrespirable, especialmente para personas vulnerables. En este sentido, ya el año pasado constituyeron una mesa de trabajo los ayuntamientos afectados y representantes de la Junta de Andalucía y de los propios arroceros, porque las posibles soluciones pasaban por dejar de quemar esos pastos, por enterrarlos o por convertirlos en biomasa. Pero había que concretar. “Ya se han empezado a ver los resultados”, ha dicho hoy el alcalde de Los Palacios y Villafranca, Juan Manuel Valle (IU), después de ser uno de los regidores que ha emitido un bando en su pueblo para informar sobre las medidas adoptadas para regular esa quema y que no sea producto del capricho o de las necesidades de cada agricultor. No solo en este municipio del Bajo Guadalquivir, sino en otros muchos de aquella margen del río, el humo que genera la quema del pasto invade los términos municipales y contamina el aire, perjudicando la salud de toda la ciudadanía.
En este sentido, los bandos municipales recogen ya cuál es el procedimiento adecuado, de manera ordenada, coordinada y supervisada, según las recomendaciones que periódicamente se indiquen desde el Equipo Técnico de Coordinación de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Para empezar, los agricultores que quieran quemar, deben presentar, con 48 horas de antelación, su solicitud en su Área de Producción Integrada (API). Serán las API, a continuación, las que trasladen esas solicitudes al Equipo Técnico de Coordinación, que será el que determine los turnos de quema en función de criterios geográficos y meteorológicos, estableciendo horarios y jornadas de quema de forma escalonada. En cualquier caso, se debe disponer de la autorización correspondiente para iniciar la quema, así como también es requisito indispensable que esta se realice dentro de los horarios permitidos: de lunes a sábado y siempre después de las nueve de la mañana y antes de las cinco de la tarde.
Está totalmente prohibida la quema en parcelas situadas a menos de un kilometro del núcleo de población. En caso de incumplimiento de lo expuesto anteriormente, se procederá a la imposición de las sanciones que resulten de aplicación. Cualquier ciudadano interesado en conocer los datos relacionados con este procedimiento puede acceder a la web de la red de alerta e información fitosanitaria de Andalucía de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
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