Un carnet de manipulador de alimentos para evitar una multa

La Policía Local de Castilleja de la Cuesta denuncia al conductor de un vehículo que presentó, para intentar demostrar que tenía carnet de conducir, uno de manipulador de alimentos que en realidad era de su hermano

21 feb 2023 / 18:24 h - Actualizado: 21 feb 2023 / 19:22 h.
"Tráfico"
  • Un carnet de manipulador de alimentos para evitar una multa

La Policía Local de Castilleja de la Cuesta ha denunciado al conductor de un camión de reparto de pollos que carecía de carné de conducir, y que, para evitar ser multado en un control de tráfico mostró a los agentes un carné de manipulador de alimentos, que, en realidad pertenecía, a su hermano, con un gran parecido físico con él.

Según han informado fuentes policiales, el denunciado llegó a la altura de la Policía conduciendo un camión de reparto de pollos a nombre de la mujer que le acompañaba, y cuando le fue requerida su documentación alegó que no la llevaba encima, pero aseguró que sí tenía carné de conducir, lo que aseveró la propietaria del vehículo.

Le permitieron ir a buscar documentación

Los agentes accedieron a que fuese a su casa a buscar su documentación, pero al regresar lo que aportó fue un carné de manipulador de alimentos, del que se dedujo por el NIF a través de la base de datos de Tráfico que sí tenía permiso de conducir en vigor.

Sin embargo, a uno de los agentes le levantó sospechas el asunto, y decidió comparar la foto del carné que había aportado con la registrada en la DGT del mismo NIF, resultando que no coincidían, momento en el que el conductor del camión admitió que el documento que había mostrado pertenecía a su hermano, y que no tenía carné de conducir ni permiso alguno para poder llevar el camión de reparto.

Por estos motivos fue denunciado por un presunto delito contra la Ley de Protección de Datos y Seguridad Ciudadana, denuncia que se extendió a la mujer como «cooperadora necesaria» en estos hechos.

Lo que dice el Código Penal

El Código Penal califica los hechos denunciados en Castilleja de la Cuesta como falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles y el Artículo 392 establece que “se impondrá la pena de prisión de seis meses a un año y multa de tres a seis meses al que hiciere uso, a sabiendas, de un documento de identidad falso”.

A esto hay que añadir una segunda falta: conducir un vehículo sin el correspondiente permiso porque se han perdido todos los puntos o porque no se ha obtenido nunca.

En este caso, la sanción que indica el Artículo 384 apunta a una «pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días”.

Es la misma pena que caerá sobre aquellas personas que se suben a un vehículo después de haber sido privadas (cautelar o definitivamente) del permiso por una decisión judicial y a aquellos que lo hagan sin haberse sacado nunca el carnet de conducir.

No obstante, hay un matiz importante, y si los infractores no tienen antecedentes penales y es la primera vez que incurren en un delito así, no irá a la cárcel.