Un sevillano 'dribla' a la DGT: Se libra de la cárcel por este detalle con los puntos
Un vecino de Sevilla se enfrentaba a una pena de cárcel de tres a seis meses por conducir sin puntos
Agentes de la Guardia Civil de Tráfico. / EFE
La titular del juzgado de Instrucción número 1 de Sevilla ha archivado la causa contra un vecino de Sevilla que se enfrentaba a una pena de cárcel de tres a seis meses por conducir sin puntos, al demostrar que no le fue notificado oficialmente que se había quedado sin puntos.
Según se refleja en el auto y ha informado a EFE su abogado, José Antonio Sires, su cliente, de 44 años, se enfrentaba a un proceso por un presunto delito contra la seguridad vial por conducir sin carnet, aunque en realidad se debía a un error en la notificación de la pérdida de puntos, ya que la Dirección General de Tráfico (DGT) no le comunicó personalmente ni la resolución administrativa ni el expediente sancionador con la perdida de puntos.
Concretamente, le retiraron el carnet por conducir bajo los efectos del alcohol en septiembre de 2023, aunque la resolución fue enviada a una dirección de un domicilio que no era el suyo, de modo que, como creía que el expediente administrativo estaba en curso, seguía conduciendo con normalidad.
En un control rutinario de verificación de documentación de la Policía Local, el pasado 23 de abril, los agentes le dieron el alto y, consultando los datos, comprobaron que según la base de datos de la Dirección General de Tráfico el conductor carecía del permiso de conducir por perdida de vigencia del mismo.
Sin embargo, indicó a los policías que desconocía esta circunstancia, pero los agentes le informaron de que iba a ser investigado por un posible delito contra la seguridad vial tipificado en el artículo 384 del Código Penal, lo que se castiga con penas de prisión de tres a seis meses o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
El atestado fue remitido al juzgado de Instrucción número 11 de Sevilla, que incoó diligencias previas, aunque el abogado solicitó que se archivase el procedimiento, y, con ello, “evitar que se enfrentara a un juicio dado las irregularidades administrativas que se habían dado respecto a la notificación de la pérdida del permiso de conducir”.
La petición recibió el visto bueno de la Fiscalía, y este miércoles la jueza emitió un auto en la que acordaba el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa.
El auto relata que “no ha quedado suficientemente justificada la perpetración de, delito que ha dado lugar a la causa", para añadir que no constaba "ninguna otra actuación policial posterior a la pérdida de puntos del permiso en la que se le hubiera notificado la resolución personalmente, al ignorarse a quién se le notifico la misma”.
Para el abogado, la actuación administrativa incumplía el régimen normativo de notificaciones de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y ha derivado "en una vulneración flagrante de las normas administrativas que regulan la actuación de la DGT”.
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