Tribunales
Rebajan la condena a un teniente de la Guardia Civil de Sevilla acusado de colaborar con un narcotraficante
La droga robada habría alcanzando en el mercado negro un precio en torno a 1,5 millones de euros.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de ocho años y diez meses a cinco años y cuatro meses de cárcel la condena al teniente de la Guardia Civil, que fue juzgado en la Audiencia de Sevilla por colaborar con una red de narcotraficantes y organizar el robo de una treintena de fardos de hachís de la comandancia de Montequinto en Dos Hermanas.
En un comunicado, el TSJA ha informado de que lo ha absuelto del delito de tráfico de drogas en grado de tentativa y de uno de los dos delitos de tentativa de hurto, por los que fue condenado tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, “por falta de prueba de no haberse tratado” de delitos provocados.
La Audiencia condenó el pasado febrero al agente Raúl P.M a cinco años de prisión, once años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y al pago de una multa de 3.600 euros por un delito de cohecho; tres años de cárcel y multa de 1.500.000 euros por un delito de tráfico de drogas en grado de tentativa; seis meses de prisión por un delito de hurto en grado de tentativa, y cuatro meses de cárcel por un otro delito de hurto intentado, concurriendo en todos los delitos la atenuante de dilaciones indebidas.
El TSJA estima parcialmente el recurso de apelación de la defensa del condenado y lo absuelve del delito de tráfico de drogas en grado de tentativa y del delito de tentativa de hurto por el que fue condenado a seis meses de prisión, manteniendo las penas impuestas por el delito de cohecho y por el segundo de los delitos de tentativa de hurto.
En su sentencia, contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, recoge como hechos probados los mismos que la Audiencia con una excepción, y es que considera que, “con la idea de realizar cualquier actividad relacionada con el tráfico de drogas para conseguir dinero”, el agente condenado “también participó en una operativa para apoderarse de fardos de hachís (...)”.
De este modo, se sustituye la expresión “organizó” que recoge la sentencia de la Audiencia por “participó” y concluye que “no ha podido determinarse que la iniciativa de esta operativa partiera” del guardia civil condenado “ni descartarse que hubiera partido del agente encubierto”.
El jurado, en su veredicto por unanimidad, consideró probado que el teniente tenía acceso, aunque limitado, a una serie de datos que le permitían contar con información privilegiada y que tuvo contacto con una organización criminal dedicada al tráfico de drogas.
A estas organizaciones, les daba información sobre operaciones de la Guardia Civil contra el narcotráfico a cambio de dinero y llegó a contactar con un "agente encubierto" para conseguir más datos y que fue quien alertó del comportamiento del teniente.
Robo de una treintena de fardos de hachís
El 7 de agosto de 2020, tras las informaciones que les suministró Raúl P.M, los otros dos acusados robaron una treintena de fardos de hachís guardados en un contenedor de la Comandancia de Montequinto en Dos Hermanas y los sustituyeron por paquetes de arena con un aspecto similar, aunque fueron interceptados en la carretera minutos después por una patrulla de la Guardia Civil.
La droga robada habría alcanzando en el mercado negro un precio en torno a 1,5 millones de euros.
En este caso la Audiencia condenó a un segundo investigado a un año y medio de prisión y al pago de 1.080 euros por un delito de cohecho; un año de cárcel y multa de 600.000 euros por tráfico de drogas en grado de tentativa; dos meses de prisión, que por imperativo legal se sustituyen por una multa de 720 euros, por un delito de hurto en grado de tentativa, y tres meses de cárcel por un segundo delito de hurto intentado, concurriendo en todos las atenuantes de confesión y dilaciones indebidas. También recurrió en apelación ante el TSJA, que ha desestimado íntegramente.
De igual modo, la Audiencia condenó a un tercer acusado a nueve meses de prisión y a una multa 600.000 euros por un delito de tráfico de drogas en grado de tentativa; dos meses de prisión, que por imperativo legal se sustituyen por una multa de 720 euros, por un delito de hurto en grado de tentativa, y tres meses de cárcel por un segundo delito de hurto intentado, concurriendo en todos los delitos las atenuantes de confesión tardía, drogodependencia y dilaciones indebidas.
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