El hombre acusado de un delito de maltrato por supuestamente lesionar a su pareja y madre de su hija y de obligarla a tomar una decena de pastillas, de composición desconocida, ha sido condenado finalmente por un delito de lesiones leves a once meses de prisión al considerar probado el juez que la golpeó por distintas partes del cuerpo y con el mango de un cuchillo en la cabeza pero no que la indujera al suicidio.
Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla lo ha absuelto de los delitos de amenazas leves, maltrato habitual e inducción al suicidio, de los que también venía acusado, al considerar que, tras golpearla, ambos salieron a la calle, donde ella adquirió unas diez pastillas de composición y principio activo desconocidos, que luego ingirió ya encontrándose en el domicilio de la vivienda, quedándose dormida poco después sin despertar hasta muchas horas después. No obstante, el juez entiende que esto "no puede considerarse efecto directo de las referidas pastillas".
También lo priva del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y seis meses y prohibición de aproximarse a menos de 500 metros a esta mujer y a comunicar con ella por cualquier medio por tiempo de cinco años, condenándolo a once meses de prisión frente a los nueve años que pedía la acusación.
El juez, que a su vez le obliga a indemnizar a esta mujer en la cantidad de 300 euros, considera que forzar a otro con violencia o intimidación a ingerir unas pastillas "nunca podrá suponer inducción al suicidio, pues no se pretende contar con la voluntad de la víctima ni llevar a esta a tomar la decisión de quitarse la vida" y menos aún, prosigue, "si ni siquiera se conoce de qué pastillas se trata, cuáles sus efectos o su capacidad real para provocar o no la muerte de una persona, pastillas que la propia víctima dice haber adquirido ella misma en un quiosco de su barrio".
El tribunal considera probado que este hombre, en prisión cuando se celebró el juicio por otros delitos, mantuvo una relación sentimental durante al menos un año con esta mujer con la que tuvo una hija en común, y cuya relación se terminó al tener que ingresar en la cárcel.
Reanudada la convivencia cuando salió de prisión el 5 de julio de 2016 se inició una discusión entre ambos y en su transcurso el condenado golpeó a la mujer en diversas partes del cuerpo, la zarandeó y empujó contra los muebles y la pared, llegando a coger un cuchillo con cuyo mango la golpeó también, arrastrándola por el pelo hasta el sofá, justo antes de ingerir las pastillas. A consecuencia de estos hechos, esta mujer sufrió menoscabos físicos consistentes en hematomas por todo el cuerpo.
Durante el juicio, el propio acusado admitió que él es "un delincuente" pero "no un maltratador", de hecho, se encuentra en prisión por otros delitos de robo con fuerza pero negó estos hechos en concreto. No obstante, tras reconocer que "es posible que en alguna ocasión se pusiera nervioso y le gritara o la insultara" esta circunstancia le cuadra al tribunal en la medida en que durante "todo el plenario hizo gala de un severo déficit en el control de sus impulsos y una escasa tolerancia a la frustración".
Por su parte, ha señalado que la víctima "relató los hechos de forma clara, diáfana, coherente y consistente, llegando a advertirse el miedo en su rostro cuando, por ejemplo, el acusado se hacía presente en la sala con sus movimientos o carraspeos, haciendo así inútil la mampara que se había instalado entre ellos, generando de este modo un relato coherente y del todo verosímil y creíble" sobre el episodio por el que se le condena.