Cárcel para una mujer que incendió el coche de su vecina por «enemistad»

Lo dejó en «siniestro total» y «al día siguiente se vio a la acusada grabando el coche calcinado»

Imagen de archivo del incendio de un coche. / E.P.

Imagen de archivo del incendio de un coche. / E.P. / El Correo

El Correo

La Audiencia de Sevilla ha confirmado una sentencia previa, que condena a una mujer a 13 meses de cárcel por incendiar adrede el coche de su vecina en La Puebla del Río por motivos de "enemistad", durante la Navidad de 2019.

En esta sentencia emitida el pasado mes de julio y recogida por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de una mujer, contra una sentencia inicial del Juzgado de lo Penal número 16 que le impone una condena por un delito de daños.

En concreto, el juzgado declaró probado que sobre las 17,00 horas del 26 de diciembre de 2019, la acusada, "llevada por el propósito de causar menoscabo patrimonial, se acercó al vehículo modelo Ford Focus propiedad de su vecina, con la que estaba enemistada por razón de un pleito anterior, y que se encontraba aparcado en un camino de acceso a varias parcelas de una finca de La Puebla del Río y, tras rociar el referido vehículo con un líquido inflamable no determinado o iniciador, le prendió fuego, quedando el vehículo totalmente calcinado y siniestro total".

Indemnización por el coche

Por tales hechos, el Juzgado de lo Penal número 16 condenó a esta mujer a 13 meses de cárcel y a indemnizar con 1.181 euros a la compañía aseguradora de la propietaria del coche calcinado, por la cuantía afrontada por la entidad para resarcir a la perjudicada; con la precisión de requerir a la encartada el pago de 181 y "entregar los mil euros ya consignados a la entidad beneficiaria", o sea al seguro.

Frente al recurso de apelación de la inculpada, alegando aspectos como una supuesta ausencia de datos incriminatorios para la condena, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla recuerda que el juzgado ha tenido en cuenta elementos probatorios como el testimonio de un testigo que "observó a la acusada al lado del vehículo de la perjudicada, como vertiendo algo de un recipiente que llevaba en una bolsa", momento en el que la encartada "al verle, se alejó del coche como queriendo disimular".

El testimonio del testigo

Este testigo, según rememora la Audiencia, vio a la mujer "por el retrovisor volver acercarse al coche" y después vio "una columna de humo y el coche de la perjudicada ardiendo", agregando este hombre que "al día siguiente vio a la acusada grabando el coche siniestrado", sin que constase que hubiese alguien más por las inmediaciones en aquellos momentos.

Para la Audiencia, el Juzgado ha "practicado prueba más que suficiente de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia de la acusada", por lo que desestima su recurso de apelación y confirma plenamente la sentencia inicial condenatoria.