Coronavirus

¿Cómo afecta el estado de alarma a las personas con autismo?

El Gobierno rectifica y desde hoy permite que personas con autismo puedan salir a la calle acompañadas por una persona. La permanencia indefinida en el domicilio de estas personas puede suponer alteraciones significativas de su comportamiento

Manuel J. Fernández M_J_Fernandez /
20 mar 2020 / 10:14 h - Actualizado: 20 mar 2020 / 10:30 h.
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Desde que se publicó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en el que se instauraba en España el estado de alarma para frenar la propaganción del coronavirus, la preocupación de las personas con autismo (TEA) y de sus familias ha sido una constante.

Aunque desde el colectivo se está «muy concienciado» sobre la importancia del aislamiento para contribuir a frenar la curva del Covid-19, Autismo España, Autismo Andalucía y Autismo Sevilla han puesto en conocimiento de las diferentes autoridades «la enorme problemática» que supone el confinamiento para estas personas. Así pues, la permanencia indefinida en su domicilio puede conllevar «alteraciones significativas de su comportamiento y un impacto significativo en su bienestar físico y emocional».

Aseguran igualmente que las personas con TEA requieren «rutinas estables y predecibles», y los cambios tan radicales en su vida cotidiana pueden tener «consecuencias en su salud y en las de sus familiares: altos niveles de ansiedad, estrés, conductas desafiantes, desregulación emocional y en las situaciones más extremas, incluso pueden poner en riesgo su integridad física, especialmente de aquellas personas con TEA que vivan solas o tengan un círculo de apoyo reducido».

Por último, apuntan que las personas con TEA pueden tener «dificultades para ocupar su tiempo libre, y para muchas de ellas, son los paseos por su entorno una de sus únicas fuentes de ocio y disfrute».

Hoy viernes 30 esta petición se ha visto recogida en el BOE que ha marcado unos nuevos criterios interpretativos para recoger los derechos de las personas más vulnerables y que, en concreto recoge que «habilitan a las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de alarma, y a un acompañante, a circular por las vías de uso público, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio».

Con «esta instrucción común y clara» se termina con «la ambigüedad de la norma que no garantizaba», hasta el momento, que las personas con TEA que lo requieran pudieran salir a la calle durante el periodo del estado de alarma y se mejora la situación de las familias de este colectivo a las que, a la situación tan complicada vivida por toda la sociedad, «se le sumaba la problemática de no poder salir a la calle con sus hijos con autismo».