La ‘Ley Trans’ que permitirá cambiar de sexo sin médicos ni tratamientos

El Ministerio de Igualdad inicia una consulta pública antes de la elaboración de esta futura ley y deja un correo electrónico para aportaciones

Verónica Ojeda verojeper /
04 nov 2020 / 07:49 h - Actualizado: 04 nov 2020 / 07:55 h.
  • La ‘Ley Trans’ que permitirá cambiar de sexo sin médicos ni tratamientos

El Ministerio de Igualdad ha activado el trámite de consulta previa a la elaboración de un proyecto normativo consistente en una ley para la igualdad plena y efectiva de las personas trans. Esta ley pretende despatologizar las identidades trans y permitir el cambio de sexo sin necesidad de un informe médico o psicológico y sin tener que someterse a tratamientos médicos o quirúrgicos para modificar la apariencia física.

Según el Ministerio, ocho comunidades autónomas ya han garantizado el derecho a la autodeterminación de género de las personas que manifiestan una identidad de género no coincidente con el sexo asignado en el momento de nacimiento. El objetivo es poner fin a una «discriminación histórica y sistemática hacia este colectivo». En este sentido, el documento con el que se abre la consulta pública pone de manifiesto el artículo 14 de la Constitución Española que garantiza la no discriminación de las personas transexuales y el artículo 9 que mandata a los poderes públicos a eliminar los obstáculos para que esa igualdad sea real y efectiva.

El Ministerio de Igualdad reconoce que la Ley 3/2007 es un avance en los derechos de las personas trans, pero también señala que tiene carencias que impiden que «el marco estatal de protección de los derechos de las personas trans se equipare a los estándares internacionales de protección de los derechos humanos».

La transexualidad es tratada como una enfermedad en la Ley de 2007

Entre las carencias, esta norma no permite a los menores de edad solicitar la rectificación de la mención registral del sexo, una restricción que, de hecho, el Tribunal Constitucional declaró en 2019 inconstitucional. Además, para poder llevar a cabo el cambio de sexo, esta ley exige aportar o acreditar disforia de género mediante un informe médico o psicológico clínico, así como someterse a tratamiento médico durante al menos dos años para acomodar las características físicas a las del sexo reclamado. Es decir, la transexualidad sigue tratándose como una enfermedad en esta ley, pese a que los organismos internacionales de derechos humanos han manifestado la importancia de lograr la despatologización de las identidades trans.

Las personas trans extranjeras con residencia legal en España también están afectadas por la Ley 3/2007, ya que no les ampara el cambio de la mención de sexo y nombre en la tarjeta de residencia y permiso de trabajo.

El Ministerio de Igualdad ha puesto a disposición de la ciudadanía un correo electrónico para recibir aportaciones que estará disponible hasta el 18 de noviembre: participacion.publica@igualdad.gob.es.