Empleo
El SEPE advierte que pasa si te vas de vacaciones cobrando el paro
Tienes la posibilidad de salir al extranjero por tiempo no superior a quince días naturales por una sola vez cada año
Vista de las indicaciones de una oficina de empleo del SEPE. / "Jesús Hellín "
Llega el verano y muchos desempleados consultan en las oicinas de Empleo si pueden irse de viaje y seguir cobrando la prestación por desempleo. Si estás en esta situación hay algunos requisitos que es conveniente recordar.
Durante el periodo en que cobras la prestación por desempleo, no se te considera trabajador en activo, por lo que no tienes derecho a las mismas condiciones laborales que un trabajador en activo, incluyendo las vacaciones pagadas. Sin embargo, puedes salir de viaje. Sí que puedes salir de viaje mientras cobras el paro, incluso al extranjero.
¿Tengo derecho a vacaciones estando cobrando una prestación por desempleo?
Durante el periodo en el que estás percibiendo prestaciones por desempleo no eres un trabajador en activo, y por tanto, no tienes derecho a disfrutar de vacaciones.
Además, mientras cobras prestaciones, has de cumplir tus obligaciones de buscar activamente empleo, participar en acciones que incrementen tus posibilidades de trabajar y comparecer ante la entidad gestora cuando seas requerido para ello.
No obstante lo anterior, tienes la posibilidad de salir al extranjero por tiempo no superior a quince días naturales por una sola vez cada año, siempre que ello no implique incumplimiento de tus obligaciones.
Esos 15 días pueden repartirse a elección. Es decir, puedes irte 5 días un mes, 5 días otro y 5 días otro. Pero eso si vale la penca aclarar, para seguir cobrando la prestación deberá informar al SEPE del viaje y motivo para hacerlo.
Tendrás que dirigirte a la oficina del SEPE y rellenar el impreso de “Comunicación salida/traslado al extranjero” y entregarlo. Si no lo haces, cometerás una infracción y se te retirará el derecho a la prestación por paro.
Si necesitas salir del país durante más de 15 días podrás hacerlo (hasta un máximo de 90) sin necesidad de justificar el motivo. En este caso también habrá que avisar al SEPE del desplazamiento, quien suspenderá el pago de la prestación hasta que vuelvas a España.
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