Laboral
Los funcionarios recuperan un derecho después de 12 años: así pueden solicitar la jubilación parcial
El acuerdo contempla que, en el caso del sector público, la figura del “relevista” se regulará como personal funcionario de carrera
Imagen de una oficina de la Agencia tributaria. / E.P.
R. M.
El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, el secretario general de UGT Servicios Públicos, Julio Lacuerda, y el coordinador de Área Pública de CCOO, Luciano Palazzo, han firmado este miércoles un acuerdo por el que pactan recuperar el derecho a la jubilación parcial de los funcionarios. El compromiso alcanzado se concretará modificando el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
La jubilación parcial es una modalidad de retiro que permite compatibilizar un desempeño laboral a tiempo parcial con el cobro de parte de la pensión, y que se puede vincular con un relevo desempeñado por otro trabajador.
“Con este acuerdo recuperamos un derecho suprimido con las medidas de ajuste y austeridad adoptadas por el anterior Gobierno en el año 2012, al tiempo que eliminamos una asimetría injustificada con los trabajadores del sector privado. Se trata, además, de fomentar la transferencia de conocimiento en el sector público entre los trabajadores más veteranos y las nuevas generaciones”, ha valorado el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, durante la firma del acuerdo.
El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, el secretario general de UGT Servicios Públicos, Julio Lacuerda, y el coordinador de Área Pública de CCOO, Luciano Palazzo, tras la firma del acuerdo. / El Correo
La posibilidad de la jubilación parcial de los funcionarios, prevista en el artículo 67 del TREBEP, fue suprimida como parte de las medidas de ajuste y austeridad. Con este acuerdo se da cumplimiento a uno de los compromisos recogidos en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI, firmado con los mismos sindicatos en 2022. Reincorporar esta figura al sector público permitirá, como en el privado, facilitar la transición entre la vida activa y el retiro y garantizar la transferencia de conocimientos entre generaciones.
El acuerdo prevé que la jubilación parcial en el sector público se adecúe a lo establecido “en la legislación de la Seguridad Social y de Clases Pasivas, con las adaptaciones normativas precisas”; en este sentido, la referencia es el nuevo marco regulador de la jubilación parcial pactado en la Mesa de Diálogo Social por el Gobierno, las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME y las organizaciones sindicales UGT y CCOO el pasado 31 de julio de 2024.
Los relevistas serán funcionarios de carrera
El acuerdo contempla que, en el caso del sector público, la figura del “relevista” se regulará como personal funcionario de carrera, debiendo preverse por tanto las plazas correspondientes en las ofertas de empleo público o instrumentos de planificación equivalentes del año en que se vaya a producir la jubilación. Al ser puestos que están previstos, se garantiza que esta fórmula de jubilación no genera costes presupuestarios adicionales.
Los firmantes se han comprometido a trasladar de inmediato el contenido del acuerdo a la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas para iniciar el trámite de modificación de la normativa.
Más información sobre el acuerdo en la web del Ministerio para la Transporfación Digital y el Sector Público: https://digital.gob.es/index.html
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