Tribunales

El Barriga, testigo número 1 del caso Arny, condenado a más de 23 años de cárcel por el crimen de Brenes

El jurado no aplica el atenuante de drogadicción y sí el agravante de reincidencia, ya que Sánchez Barriga fue sentenciado por otro asesinato anterior

José Antonio Sánchez Barriga en una imagen de archivo del documental de HBO

José Antonio Sánchez Barriga en una imagen de archivo del documental de HBO / Imagen TV

Carlos Doncel

Carlos Doncel

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a José Antonio Sánchez Barriga a 23 años y seis meses de cárcel por matar a un antiguo compañero de prisión e intentar acabar con la vida de otras dos personas (un varón y la pareja del fallecido). La sentencia sobre el conocido como crimen de Brenes, que tuvo lugar en febrero de 2021, no es firme, ya que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El jurado consideró probado que el fallecido encargó a Sánchez Barriga -conocido por ser el testigo número 1 del caso Arny- "la realización de unos trabajos de limpieza de verdina en la azotea de un inmueble de Brenes propiedad de unas de las dos personas que resultaron lesionadas, habiendo finalizado dichos trabajos el 4 de febrero de 2021", según recoge el veredicto. Un día más tarde, el condenado volvió a la vivienda y discutió con las tres víctimas "por motivos económicos y relacionados con las drogas".

En el transcurso de la pelea, el condenado, usó una herramienta similar a un hacha para golpear al fallecido en el cuello, a la altura de la yugular, "con la intención de causarle la muerte". "Todo ello a la par que le requería el dinero que habían cobrado, así como la droga que tuvieran", añade la sentencia. La pareja de la víctima mortal trató de impedir que siguiera, pero Sánchez Barriga "le rompió una copa de cristal y le propinó otros dos golpes en la cabeza”.

Según el fallo del jurado, el condenado se dirigió al tercero de los agredidos y, "con intención de matarlo, le propinó un hachazo en la cabeza, marchándose a continuación del inmueble", dejando allí al fallecido en el suelo y a las otras dos personas malheridas. Durante la fuga, Barriga escondió el arma homicida "en el hueco existente entre el escalón y la puerta de la vivienda contigua".

Con reincidencia y sin atenuante de drogadicción

En el veredicto se ha aplicado el agravante de reincidencia, ya que Sánchez Barriga fue condenado en 2005 por otro homicidio. No se ha tenido en cuenta, por contra, el atenuante de drogadicción, ya que "la trayectoria de consumo de sustancias estupefacientes no condicionó la perpetración de los hechos"

"No queda acreditado que los rasgos anómalos de la personalidad del acusado estén íntimamente relacionados con el consumo de drogas, ni que su conducta en el día de los hechos estuviera condicionada por dicho consumo", argumenta el jurado. "Tampoco presentaba consumo reciente de sustancias estupefacientes ni en el mismo día ni en días anteriores a su entrevista, teniendo capacidad de dominio de sí mismo", expone.