Tribunales

Un hombre abusa de una menor por segunda vez en Écija y se libra de la cárcel

La Audiencia de Sevilla le ha impuesto a José Eduardo C.I. una condena de dos años por un delito de abusos sexuales con la agravante de reincidencia, aunque no entrará en prisión

Fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla

Fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla / Joaquin Corchero - Europa Press

El Correo

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a José Eduardo C.I. por abuso sexual tras realizar tocamientos "reiterados" en los genitales a una niña de seis años en Écija, "a pesar de los requerimientos de ella para que parara". Y no es la primera vez: en 2012 ya le impusieron una pena de dos años por el mismo delito, que en aquel caso cometió contra una adolescente menor de edad.

Pese a la reincidencia, no entrará en prisión. La pena queda suspendida con la condición de que "no vuelva a cometer delito alguno en un plazo de cuatro años, que abone una multa de 600 euros y que realice un curso en materia de educación sexual cuando sea requerido para ello", tal como apunta la sentencia emitida el pasado 19 de junio, recogida por Europa Press.

El fallo declara probado que la mañana del 24 de octubre de 2018, "el acusado se hallaba en un domicilio de Écija en compañía de una menor nacida el 2 de mayo de 2012 y la familia de ésta" y "mientras el resto de su familia dormía, la menor se trasladó al salón y comenzó a ver la televisión, momento aprovechado por el acusado para sentarse junto a la menor en el sofá".

El acusado, "con ánimo de satisfacer sus deseos lubricos y de atentar contra la intimidad sexual de la menor, comenzó a tocarle los genitales por encima de la ropa de la menor, a pesar de los requerimientos de ella para que parara", según detalla la sentencia condenatoria.

Asimismo, también ha quedado probado que "la causa ha sufrido retrasos en la tramitación no imputables al acusado", quien de su lado "ha abonado en la cuenta de consignaciones del tribunal la suma de 600 euros", así como que "la acusación particular ha renunciado a la indemnización que le pudiera corresponder".

Teniendo en cuenta todo ello, el tribunal ha condenado a José Eduardo C.I. a dos años de cárcel por un delito de abusos sexuales con la agravante de reincidencia y la atenuante de dilaciones indebidas, a tres años de prohibición de acercarse a la menor o comunicarse con ella y a tres años de libertad vigilada pospenitenciaria, así como a cinco años de prohibición de ejercer profesión u oficio, retribuido o no, que implique contacto directo con menores.