Tribunales
La Audiencia Provincial condena a 10 años de prisión al acusado del crimen de la Macarena
El tribunal ha acordado que el acusado cumpla dos tercios de la pena en España, "siendo sustituido el resto por la expulsión del territorio español y la prohibición de regresar a este país en cinco años"
Imagen del juicio al acusado de matar a puñaladas a un varón en la Macarena. / María José López - E.P.
Tres semanas después de que el jurado popular declarase culpable a Luis Jacson G.B. del crimen de la Macarena, la Audiencia Provincial de Sevilla lo ha condenado a 10 años de prisión por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de alteración psíquica. El tribunal ha acordado que el acusado cumpla dos tercios de la pena en España, "siendo sustituido el resto por la expulsión del territorio español y la prohibición de regresar a este país en cinco años".
Durante el juicio quedó probado que Luis Jacson, de 28 años y nacionalidad colombiana, mató de forma intencionada a un joven marroquí el 3 de mayo de 2023 en un parque ubicado en la confluencia de la avenida Doctor Fedriani y la calle Doctor Jaime Marcos. Según recoge la sentencia, fechada el pasado 17 de octubre, el acusado le propinó tres cuchilladas a la víctima, que perdió la vida poco después en la acera contraria a estos jardines, "adonde se había desplazado huyendo".
El fallecido "había tenido con el arrestado discusiones con anterioridad, y en las primeras horas de esa misma noche se había producido un enfrentamiento verbal entre ambos por la petición" que la víctima había hecho de un cigarro. En el transcurso de una nueva pelea, el encausado se acercó a él y, “estando ambos de frente, sacó un cuchillo de entre sus ropas", le asestó varias puñaladas "con la intención de acabar con su vida".
Cuando el acusado se dirigió a la víctima con el cuchillo en mano, "lo hizo de forma súbita, sin mediar palabra y disminuyendo de forma considerable las posibilidades de defensa" del fallecido, según concluyó el jurado. También consideró probado que el condenado "era consumidor habitual de sustancias estupefacientes y padecía problemas de salud mental", lo "influyó en su conducta y provocó una disminución leve, pero sin anularlas".
La defensa del Luis Jacson G.B. pidió que se aplicara la atenuante de confesión tardía, pero el jurado no consideró que el condenado en todo momento hubiera colaborado de forma relevante en la averiguación de los hechos. Contra esta sentencia, sin embargo, cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
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