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Absuelto el dueño de una casa ilegal por prescribir el delito al pasar más de tres años

La Audiencia de Sevilla ha absuelto de un delito contra la ordenación del territorio a los dueños de un chalé en la urbanización La Arboleda, de Castilblanco de los Arroyos, porque fueron denunciados a los nueve años de su construcción, por lo que se superaron los tres años de prescripción del delito.

el 16 sep 2009 / 05:46 h.

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La Audiencia de Sevilla ha absuelto de un delito contra la ordenación del territorio a los dueños de un chalé en la urbanización La Arboleda, de Castilblanco de los Arroyos, porque fueron denunciados a los nueve años de su construcción, por lo que se superaron los tres años de prescripción del delito.

La sección tercera de la Audiencia da por buena la afirmación de los dueños de que, cuando recibieron la orden de paralización del chalé, no estaban en la fase de construcción sino colocando tejas sobre la cubierta "debido a unas goteras que sufrían", según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe y que considera que se debe hacer la "interpretación más favorable para el reo".

La pareja acusada compró su parcela en febrero de 1990, terminó la construcción del chalé en 1998, y no fue hasta el 3 de mayo de 2004 cuando recibió una comunicación del alcalde de Castilblanco de los Arroyos -entonces Manuel Ruiz Lucas (NIVA)- que le ordenaba paralizar la obra por tratarse de un paraje no urbanizable.

Según indica el escrito, "no existe prueba alguna que desmienta" la alegación de los acusados de que recibieron la orden cuando hacía muchos años que habían terminado la construcción de su casa y que lo que llevaban a cabo en mayo de 2004 era una sustitución de tejas debido a las goteras que sufrían. El abogado del matrimonio, Pedro Mancera, ha explicado a Efe que la sentencia considera pruebas válidas aportadas por sus clientes los recibos del impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana y un contrato de suministro eléctrico de 1999, así como el acta de una reunión mantenida con el alcalde de Castilblanco y técnicos municipales en octubre de 1999 para resolver el suministro de luz.

Los denunciados poseen su finca en la urbanización La Arboleda y figuran entre los varios centenares de vecinos de la zona -especialmente en la urbanización Las Minas, donde hay edificadas cientos de casas desde comienzos de los años setenta en un terreno calificado como forestal- que han sido denunciados por la Fiscalía de Medio Ambiente por delitos contra la ordenación del territorio al construir en suelo no urbanizable.

Uno de los denunciados es el ex alcalde de la localidad Manuel Ruiz Lucas (Nueva Izquierda), imputado por la Fiscalía por "consentir" presuntamente estas construcciones y no perseguirlas, aún siendo consciente de su clara ilegalidad.

Aunque los juzgados penales sevillanos y la Audiencia provincial suelen emitir condenas por estas prácticas -hay ejemplos claros tanto en la misma localidad de Castilblanco de los Arroyos como por ejemplo en Gerena-, ahora la sección tercera absuelve a J.L.F. y R.S.G. porque entiende que el plazo de prescripción para el delito urbanístico es de tres años, periodo "superado ampliamente" en este caso. Hasta la fecha no se había aplicado este criterio en otros casos conocidos, ya que en la mayoría de éstos la denuncia se había iniciado desde un principio de la construcción por parte del Ayuntamiento correspondiente, si bien no se había hecho nada más para impedir la edificación, mientras que en el caso citado la denuncia no sucedió hasta años después.

En este caso, los acusados fueron denunciados por la Fiscalía en enero de 2007 y en la causa no existen pruebas suficientes para determinar "la fecha en que se realizaron las construcciones objeto de enjuiciamiento", según insiste la sentencia.

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