Alaya embarga un piso, una moto y un coche al exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá

El Juzgado decreta el embargo de una finca ubicada en El Puerto de Santa María (Cádiz), de una motocicleta marca Suzuki y de un turismo marca Ford Mondeo.

el 16 mar 2014 / 11:58 h.

El Juzgado que investiga el caso de los expedientes de regulación  de empleo (ERE) irregulares tramitados por la Junta de Andalucía ha  decretado el embargo de un piso, un coche y una motocicleta propiedad  del exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá a fin de cubrir la  fianza de responsabilidad civil de 490.324.096,82 euros que le fue  impuesta. Por medio de un decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, el  Juzgado de Mercedes Alaya considera "insuficientes" los bienes  embargados hasta el momento al exalto cargo, refiriéndose en concreto  al embargo de una finca ubicada en Cádiz que "además figura gravada  con una hipoteca preferente", por lo que "procede acordar la mejora  de embargo sobre los bienes del imputado a practicar". En este sentido, el Juzgado decreta el embargo de una finca  ubicada en El Puerto de Santa María (Cádiz), de una motocicleta marca  Suzuki y de un turismo marca Ford Mondeo. Además, ordena el embargo telemático de los saldos bancarios que  ostente el imputado y de las devoluciones pendientes de percibir de  la Agencia Tributaria. La juez Mercedes Alaya ya embargó una finca ubicada en Cádiz a  Barberá, que se acogió a su derecho a no declarar y al que la  magistrada imputa cuatro presuntos delitos continuados de  prevaricación, malversación, omisión del deber de perseguir delitos y  falsedad en documento oficial. La juez considera que, durante su etapa como alto cargo, se  concedieron 220 ayudas sociolaborales y otras 27 ayudas directas, "lo  que supuso el uso de fondos públicos" por importe de 468.015.084,66  euros en ayudas concedidas de forma "indiciariamente arbitraria". La magistrada considera que, con el procedimiento específico  derivado del convenio marco suscrito en 2001 y por el que se  regulaban las ayudas investigadas, "a cuyo mantenimiento colaboró  durante varios años" el propio Barberá, "se institucionalizaría la  arbitrariedad y la desigualdad en el otorgamiento de las ayudas  públicas, habiéndose producido signos ostensibles de lo anterior  antes del nombramiento del imputado y a lo largo del ejercicio de su  cargo". Así, "y al no existir ningún control sobre tales ayudas al estar  huérfanas del procedimiento legalmente exigible, se permitía por  Barberá un uso llamativamente abusivo en el manejo de los fondos  públicos", ya que "presuntamente se regalaban las mismas  fraudulentamente a determinadas personas físicas o jurídicas, que  conformaban un extenso grupo, cuyos privilegios procedían de su  proximidad a cargos de la Junta, a sindicatos y al PSOE andaluz, bien  por razones de amistad, parentesco, afiliación o conveniencia  política". Según la juez, "las consecuencias de este irregular procedimiento  fueron conocidas" por el exviceconsejero cuando la Intervención  General realizó en 2005 una serie de informes en los que exponía "de  modo claro y contundente" la "total inadecuación del procedimiento  elegido a través del convenio marco, y que las irregularidades  derivadas de esta anormal situación no eran meramente formales sino  de fondo". "CONNIVENCIA" CON EL EXCONSEJERO      "Conociendo el inculpado tales conclusiones, que comentó con el  consejero de Empleo, permitió presuntamente, en connivencia con éste  y con otros cargos de la Junta, que se siguieran produciendo las  numerosas consecuencias de tal ilícito proceder", añade la juez, que  dice que "no hubo el menor control sobre las solicitudes y la  valoración económica de la ayuda que se pedía". A su juicio, el imputado "no sólo consintió que se omitiera  groseramente la normativa estatal y autonómica en materia de  subvenciones, sino que permitió presuntamente el incumplimiento de la  normativa comunitaria de obligado cumplimiento", a lo que se suma que  "la arbitrariedad que indiciariamente permitió" el imputado "fue de  tal calibre" que, por ejemplo, los ciudadanos "no conocían a través  del BOJA las subvenciones que la Administración, con total  oscurantismo, estaba concediendo, pues las mismas no se publicaban". Asimismo, "el descontrol del procedimiento llegaría a ser tan  grande que, con indiciario conocimiento de Barberá, ni siquiera los  mínimos controles que imponía el convenio marco se llegaron a  cumplir", mientras que, "con indiciaria despreocupación", el imputado  "ni ordenaría ni supervisaría que respecto de las ayudas concedidas  se constituyeran las comisiones de seguimiento para comprobar el fin  dado a las mismas por parte de los beneficiarios". PERMITIO LA "CONCENTRACION" DE AYUDAS A LA SIERRA NORTE      Esto último "habría generado que parte de estas ayudas sirvieran  para enriquecer a sus perceptores o para destinarlas a un fin  distinto de aquél para el que fueron concedidas", agrega la  magistrada, que dice que el imputado "permitió que se continuase con  la concentración de ayudas" por valor de 29,1 millones a las empresas  "controladas" por José Enrique Rosendo, hijo del exalcalde socialista  de El Pedroso (Sevilla), y José María Sayago, ambos exconcejales del  Ayuntamiento de la localidad y que "tenían presuntamente importantes  relaciones en el PSOE andaluz". Además, "la mayor parte de las empresas a las que en la etapa de  Barberá se le concedieron subvenciones carecían de la menor  actividad, pues no tenían empleados", una situación "cuanto menos  inaudita, cuando nos estamos refiriendo al uso de fondos públicos,  que se hubiera evitado siguiendo el procedimiento legal de  subvenciones y a través de la fiscalización previa inherente por  parte de la Intervención General". Al hilo de ello, la juez dice que, "pese a tener indicios de la  pregunta ilegalidad de tales ayudas, por la ausencia de procedimiento  y por las numerosas subvenciones repartidas a las mismas empresas en  tan corto espacio de tiempo, no cumplió con su deber como autoridad  de poner los hechos en conocimiento de la Administración de Justicia,  ni tampoco ordenó ningún procedimiento de revisión y, en su caso, de  reintegro sobre las mismas".

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