Publicado en BOJA la retirada de competencias a Fomento sobre adjudicación de viviendas protegidas

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica este viernes el decreto anunciado por su presidenta.

el 11 abr 2014 / 09:01 h.

diaz-valderas-portadaEl Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica este  viernes el decreto anunciado por su presidenta, Susana Díaz (PSOE-A),  por el que se retiran a la Consejería de Fomento y Vivienda, en manos  de IULV-CA, las competencias relativas a la adjudicación de viviendas  protegidas de titularidad autonómica, que pasan a manos de la  Consejería de Hacienda y Administración Pública que dirige la  socialista María Jesús Montero. El decreto, que ha entrado en vigor este mismo viernes, se publica  a raíz de las diferencias surgidas entre los socios de gobierno tras  la solución adoptada por Fomento para el realojo de familias de la  Corrala Utopía en Sevilla y que ayer jueves provocó una reunión del  comité de enlace PSOE-IU que culminó sin acuerdo tras doce horas de  negociación que se retomará este viernes. Díaz expresó ayer en el Parlamento que desde la Junta "siempre se  va a actuar dentro del marco de la ley, de la igualdad y de la  justicia social" y adelantó que "si se recupera la normalidad legal  de la situación, evidentemente se podrá revisar el decreto". En concreto, el decreto publicado en BOJA reestructura la  distribución de competencias entre consejerías para retirar a Fomento  y Vivienda y asignar a Hacienda y Administración Pública "las  competencias y funciones relativas a la adjudicación de viviendas  protegidas de titularidad autonómica en los supuestos previstos en el  artículo 12, apartados 5 y 13, del decreto 149/2006 de 25 de julio,  por el que se aprueba el reglamento de Vivienda Protegida de  Andalucía y se desarrollan determinadas disposiciones de la Ley  13/2005, de 11 de noviembre, en materia de vivienda protegida y  suelo". La disposición cuyas competencias se retiran a Fomento regula los  criterios de selección de destinatarios de vivienda protegida con  recursos económicos limitados y alude expresamente a los "realojos  transitorios en viviendas protegidas derivados de actuaciones en  materia de rehabilitación o motivadas por otras circunstancias  excepcionales".

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