El TSJA anula el ERTE en UGT-A y le obliga a readmitir a 57 empleados

La sentencia "condena al sindicato al pago de los salarios dejados de percibir por los trabajadores afectados".

el 14 nov 2013 / 18:14 h.

070812_protesta_ugt_efeLa sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado sentencia declarando nulo el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) de UGT-A, que afecta a 57 trabajadores, y que ordena "la inmediata reanudación del contrato de trabajo", además de "condenar al sindicato al pago de los salarios dejados de percibir por los trabajadores afectados o al abono de la diferencia respecto del importe de la prestación por desempleo percibida durante el período de suspensión". Según la sentencia, consultada por Europa Press, contra dicho fallo cabe presentar recurso de casación ordinario en el plazo de cinco días hábiles tras la notificación de dicha sentencia. La sentencia apunta que "en el inicio del período de consultas no se entregaron los criterios de valoración individualizados aplicados para la designación de los trabajadores afectados y la determinación de distintos grados de afectación, de los que se hizo entrega en la última reunión de trabajo, tras haberlo solicitado la representación de los trabajadores en la segunda reunión de trabajadores", lo que supone un "incumplimiento de la normativa". La sentencia agrega que "se omitió también, desde el inicio, la entrega del plan de viabilidad, que no se entregó hasta la última reunión". Apunta que "tampoco se aportó con la memoria inicial el presupuesto de 2012 con sus programas, lo cual "contraviene la buena de la negociación al objeto de llegar a un acuerdo sobre la suspensión de los contratos o reducción de jornada". Esta sentencia considera que el sindicato "está obligado observar la normativa aplicable con más rigor y exigencia que las demás, observancia que puede exigir cuando acciona en representación de los trabajadores impugnando medidas extintivas o suspensivas frente a otras empresas, y no aplicar en cambio cuando es ella misma la que adopta esas medidas como empleadora". "La falta de entrega al inicio del período de consultas de la documentación comporta una vulneración de la buena fe negocial que se pone de manifiesto además por el hecho de que al final del período de consultas la medida adoptada resulta incluso más gravosa de lo que se había previsto inicialmente, cuando precisamente la finalidad en todo caso del período de consultas es intentar minorar sus efectos". La sentencia alude a la "falta de información" y la "opacidad" de las cuentas del sindicato de 2012, un presupuesto "en el que las subvenciones están contabilizadas de forma irregular", lo que "impidió conocer cual era la situación económica real de UGT-A". "Se desconoce cómo y en qué medida afecta la crisis, lo que impide conocer si es o no justificada a decisión suspensiva empresarial", tras lo que alude al hecho de que "algunos trabajadores se vieron más afectados que otros". La sentencia alude a la existencia de "arbitrariedad y discrecionalidad" del sindicato en la implantación del ERTE. REACCIÓN SINDICAL Según han indicado a Europa Press fuentes de la sección sindical, quienes esperan la "readmisión" de los afectados y la reposición de los salarios de tramitación, esta sentencia se dicta tras presentar conflicto colectivo contra UGT-A y diversos entes del sindicato. Fuentes de la sección sindical han indicado a Europa Press que de los 57 afectados en Andalucía, seis pertenecen al centro de UGT-A, esto es, la sede regional, y el resto, la mayoría, proceden de las provincias. Las fuentes, que desconocen si la dirección del sindicato recurrirá o no, consideran que "el procedimiento que utilizó UGT-A para plantear el ERTE no fue el adecuado" y recordaron que unas de las condiciones que la sección sindical rechazó era la valoración y los criterios aplicados para seleccionar a los afectados. Fuentes de la sección sindical aseguraron a Europa Press que están "muy contentos" por dicha sentencia, puesto que "nos han dado la razón" y consideran que ahora el sindicato "deberá readmitir a los trabajadores y reponer los salarios de tramitación, esto es, pagar y reponer el sueldo completo", mientras que, por su parte, los trabajadores, "deben devolver el dinero del desempleo". Fuentes de la sección sindical reconocen que les hubiera gustado "que todo hubiera fluido de otra manera" y han asegurado que para ellos "el sindicato era lo primero, pues somos del sindicato, y las cosas se podrían haber hecho de otra manera". Las fuentes han indicado que este ERTE terminaba el 28 de diciembre, "pero la empresa todavía no nos ha comunicado sus planes de futuro, si iban a ampliar el ERTE o si hacían un nuevo ERE". "No nos han llamado para reunirnos", se lamentan. El TSJA acogió en su día el juicio de conflicto colectivo por el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), que afecta a 57 trabajadores. Los trabajadores presentaron denuncia por conflicto colectivo contra UGT-A y diversas empresas y fundaciones. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó ya sentencia sobre el expediente de regulación de empleo (ERE), también presentado por UGT-A, y consideró entonces que el despido colectivo en ese ERE presentado por el sindicato y algunos de sus entes "se ajusta a derecho".

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