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El TSJA ordena a la Junta devolver la subvención a un colegio solo de niñas

Medida cautelar para Albaydar. El centro de FPrecurrió, como los otros 11 de educación diferenciada, la denegación del concierto y pidió suspender la decisión

el 16 may 2014 / 11:55 h.

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Escuela femenina Albaydar, en la Avenida de la Palmera, 36. Escuela femenina Albaydar, en la Avenida de la Palmera, 36. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado la petición presentada por la escuela femenina Albaydar de Sevilla de suspender cautelarmente la decisión de la Junta de denegarle el concierto solicitado en marzo por no admitir a alumnos de ambos sexos. El centro, al igual que los otros 11 colegios de educación diferenciada a los que la Junta les denegó el concierto –entre ellos los sevillanos Ribamar, Altair, Ángela Guerrero, Nuestra Señora de Lourdes, Elcható y El Molino Azul– recurrió la negativa de la Consejería de Educación a concederles subvenciones públicas, en una decisión idéntica a la que el pasado curso avaló el Supremo, y mientras se resuelve el recurso de fondo, el colegio pidió que se suspendiera la decisión de la Junta. El TSJA abrió una pieza separada para decidir sobre las medidas cautelares solicitadas por los colegios y en un primer auto fechado el 14 de mayo acuerda su concesión para el caso del Albaydar. Argumenta el TSJA que la ley educativa a la que se acogió la Junta para rechazar los conciertos de los colegios no mixtos, y en la que se basó el Supremo para avalar su decisión, ha sido modificada por la nueva Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) aprobada a principios de año, en la que el Ministerio de José Ignacio Wert blinda expresamente la subvención de los colegios de educación diferenciada. La Junta ha presentado un recurso de inconstitucionalidad contra esta ley y el TSJA entiende que mientras se resuelve procede mantener las ayudas públicas a estos colegios por cuanto «las leyes modificadas, específica y singularmente, consideran que la educación diferenciada no discrimina y puede ser acreedora de los beneficios públicos de la concertación» y entiende que la Junta en sus alegaciones al recurso del colegio «no ha dado un solo argumento jurídico ni fáctico consistente en el proceso cautelar que permita considerar que la ley no es aplicable al centro». De hecho, el auto echa por tierra el argumento de la Junta de que el centro no cumple los requisitos ya que alega que en los años anteriores los cumplía y la Consejería de Educación no especifica los incumplimientos, más allá del debate sobre la financiación de los colegios que la Junta considera sexistas. Y aunque no entra en el fondo del recurso en sí y se limita a ordenar la suspensión cautelar de la retirada del concierto, afirma que una vez modificada la ley educativa «no cabe ya sino objetar» al sostenimiento de estos centros con fondos públicos «por razones de otra índole, ajenas a lo estrictamente legal, para introducirse en lo puramente ideológico o político, cuestiones estas que en esta sede jurisdiccional no corresponde tratar». De igual forma insiste en que «el interés general al que se refiere la Ley Jurisdiccional no puede ser simple y llanamente el de la Administración, sino el de la ciudadanía» y considera que «desde esta perspectiva, el que haya 8 o 12 colegios o los que sean, en todo caso porcentualmente mínimos en el ámbito de la prestación escolar de la comunidad autónoma no puede originar un perjuicio a ese interés general». El TSJA rechaza el argumento de la Junta sobre el efecto económico para sus arcas de sostener este modelo educativo por ese carácter minoritario –entre los 12 centros hay unos 2.000 alumnos afectados– pero sí cree probado el perjuicio incluso para la supervivencia del Albaydar que supone la retirada del concierto. De ahí que acuerde la suspensión cautelar de la denegación del mismo, y por tanto su reposición, mientras se resuelve el proceso judicial al entender que cuando este culmine el daño puede ser irrecuperable. La Federación Andaluza de Centros de Enseñanza Privada (CECE), cuya asesoría jurídica lleva los recursos de estos centros, aplaudió el auto del TSJA que confió se repita en cascada para los 12 colegios afectados y la plataforma Mis padres deciden considera probado que la denegación de los conciertos «era una cuestión ideológica» Contra este auto cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días y la secretaria general de Educación, Elia Maldonado, adelantó ayer que la Junta lo recurrirá. Maldonado defendió que la posición de la Junta por una educación «inclusiva» basada en la coeducación «es una postura conocida, argumentada y avalada por el Supremo» y recordó que la disposición de la Lomce que avala la subvención de la educación diferenciada está «recurrida ante el Tribunal Constitucional y ante el Supremo, con petición de medidas cautelares». 

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