Isabel Pantoja podría disfrutar en mayo de permisos de salida de prisión

Tendría derecho a disfrutar de un total de 36 días de salida al año distribuidos en 18 días cada semestre.

el 21 nov 2014 / 14:24 h.

Pantoja_cárcelIsabel Pantoja, condenada a dos años de cárcel por un delito de  blanqueo de capitales, podría comenzar a salir de prisión con  permisos ordinarios a partir de mayo una vez haya cumplido un cuarto  de su condena, siempre que sea clasificada en segundo grado  penitenciario por Instituciones Penitenciarias y cuente con el visto  bueno del equipo Técnico de la cárcel en la que se encuentra. Además, sirviendo como ejemplo el caso establecido por Prisiones  en torno al ex presidente de Baleares Jaume Matas, la tonadillera  podría pedir también el tercer grado al cumplir el tercio de su  condena, que en su caso sería el próximo mes de julio. Por la vía de los permisos ordinarios, en caso de que se cumpliese  todos los requisitos, Pantoja tendría derecho a disfrutar de un total  de 36 días de salida al año distribuidos en 18 días cada semestre.  Cada permiso no podrá superar los siete días de duración. ARTICULO 154 DEL REGLAMENTO PENITENCIARIO Estos requisitos se explican en el artículo 154 del Reglamento  Penitenciario según el cual "se podrán conceder, previo informe  preceptivo del Equipo Técnico, permisos de salida ordinarios de hasta  siete días de duración como preparación para la vida en libertad,  hasta un total de treinta y seis días por año a los condenados  clasificados en segundo grado, siempre que hayan extinguido la cuarta  parte de la condena o condenas y no observen mala conducta". Fuentes jurídicas y penitenciarias han informado a Europa Press  que estos permisos tendrán que contar con el visto bueno del juez de  vigilancia penitenciaria. Al haber ingresado en la cárcel sevillana  de Alcalá de Guadaira, le corresponde el juez de vigilancia  penitenciaria de Sevilla. En caso de que la cárcel rechazase  concederle un permiso, la interna podría recurrir primero ante el  propio juez de vigilancia penitenciaria y en caso negativo ante una  instancia superior. El Reglamento Penitenciario explica que el Equipo Técnico tendrá  en cuenta "la trayectoria delictiva", la "personalidad" del preso, el  riesgo de fuga, la posibilidad de cometer nuevos delitos o que el  permiso pueda tener una "repercusión negativa" sobre el recluso  "desde la perspectiva de su preparación para la vida en libertad o de  su programa individualizado de tratamiento". PRECEDENTE DE MATAS Otra de las posibilidades que tiene Isabel Pantoja para salir de  prisión antes de los dos años es que se le conceda el tercer grado  penitenciario. En un principio cumpliría requisitos que tuvo en  cuenta Instituciones Penitenciarias para concederle el tercer grado  al ex presidente de Baleares, Jaume Matas, tras cumplir un tercio de  su condena por el caso Palma Arena, es decir tres meses de los nueve  a los que estaba condenado. En aquella resolución, el Departamento que dirige Angel Yuste  argumentó que Matas ya ha cumplido más de la tercera parte de  condena, que sólo está penado por esta causa, la escasa duración de  la condena, la buena conducta observada en prisión, que se presentó  voluntariamente en prisión para cumplir condena y la posibilidad de  actividad laboral en el exterior. Todos estas son características que  fácilmente se pueden equiparar en el caso de Isabel Pantoja, que  alcanzaría el tercio de su condena a los ocho meses, es decir, en  julio del año que viene. REFORMA DEL 2003 Isabel Pantoja también ha sido condenada por un delito económico,  blanqueo de capitales. Tras la reforma del Código Penal en 2003 se  estableció la prohibición de que los condenados por este tipo de  delitos accediesen al tercer grado sin haber antes pagado la  responsabilidad civil impuesta, según las fuentes consultadas por  Europa Press. No obstante, tanto en el caso de Matas como en el de  Isabel Pantoja, ninguno de los dos ha sido condenado a pagar ninguna  cantidad en ese concepto. A la tonadillera la Sección Segunda de Málaga sí le condenó a dos  años de cárcel y a una multa de 1.147.148,96 euros, de los que ha  pagado 147.000 euros. Le quedaría por tanto un millón de euros por  pagar y la misma Audiencia ha aceptado su oferta de abonarla de  manera fraccionada, concretamente 210.000 euros al trimestre. Como en el caso de Matas, el tercer grado tendría que ser aprobado  por Instituciones Penitenciarias en virtud del artículo 31.1 de  Reglamento Penitenciario, según el cual, el centro directivo "tiene  competencia exclusiva para decidir, con carácter ordinario o  extraordinario, la clasificación y destino de los reclusos en los  distintos establecimientos penitenciarios, sin perjuicio de las  atribuciones de los Jueces de Vigilancia en materia de clasificación  por vía de recurso". 100.2 COMO ROLDAN No obstante, la decisión podría ser recurrido ante el juez de  vigilancia penitenciaria y en su caso ante la propia Audiencia de  Málaga que la condenó. De este modo, serían los jueces quienes  tendrían la última palabra para revocar la concesión del tercer grado  (requisito imprescindible para acceder más adelante a la libertad  condicional). En caso de no resultar esta vía, los abogados de la tonadillera  podrían alegar una tercera posibilidad usando como referencia el caso  del ex responsable de la Guardia Civil, Luis Roldán. Ya en prisión,  pidió el tercer grado que le fue denegado al no haber pagado su  responsabilidad civil. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid  en 2005 le concedió la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento  Penitenciario, que permite salir todos los días unas horas de prisión  excepto los fines de semana.

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