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La Audiencia condena a una envasadora por embotellar aceite con insectos

La Audiencia de Sevilla ha condenado a una envasadora a pagar 18.325 euros por haber embotellado aceite de oliva virgen, destinado al mercado de Corea, en botellas que contenían además "insectos y otros cuerpos sólidos".

el 16 sep 2009 / 03:26 h.

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a una envasadora a pagar 18.325 euros por haber embotellado aceite de oliva virgen, destinado al mercado de Corea, en botellas que contenían además "insectos y otros cuerpos sólidos".

La sentencia de la Sección Octava de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera demostrado que la existencia de esos objetos extraños causó unos perjuicios consistentes en la pérdida de la mercancía devuelta, además de los gastos de revisión en Corea de todas las botellas, el transporte de la mercancía devuelta y los gastos de personal.

La condenada recibió en 2007 el encargo de envasar en pequeñas botellas de 40 mililitros aceite virgen de oliva, para lo cual la demandante le aportó el aceite en bruto y, a través de una tercera compañía, las botellas.

Los jueces consideran que este es un "caso paradigmático" y desestiman el recurso de la embotelladora, que alegó en su defensa que el cliente había mostrado en principio su conformidad con las instalaciones en las que se iba a realizar el envasado.

Dicha aceptación no justifica que el trabajo, en determinadas partidas, se hiciese mal, dice la Audiencia, pues "entre las obligaciones de la embotelladora se encontraba el garantizar la ausencia de elementos extraños en las botellas".

Durante el proceso, la empresa condenada revisaba las botellas y luego el aceite era filtrado, embotellado y el tapón quedaba colocado herméticamente, según el fallo.

Los jueces consideran demostrada la negligencia pues "es evidente que si dentro de las botellas había insectos y otros objetos extraños es porque el proceso de envasado no se hizo de forma adecuada, no se revisaron las botellas, los filtros no funcionaron adecuadamente o no se mantuvo el aceite aislado de cualquier tipo de contaminación en el proceso de llenado".

La condena incluye el pago de los 18.325 euros en que han sido cuantificados por perjuicios, incrementado en el interés legal y el abono de todas las costas judiciales.

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