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La juez absuelve al yerno de los Tous pero le condena a pagar 310.000 euros a la familia del asaltante

La juez ha absuelto a Lluís  Corominas, del homicidio de uno de los ladrones que asaltaron la  vivienda de los joyeros en diciembre de 2006.

el 28 jun 2011 / 10:59 h.

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La juez ha absuelto al yerno de la conocida familia Tous, Lluís  Corominas, del homicidio de uno de los ladrones que asaltaron la  vivienda de los joyeros en diciembre de 2006, aunque le ha condenado  a pagar 310.000 euros como indemnización a la familia de la víctima.

Un jurado popular ya le declaró no culpable al considerar que  sufrió "una amenaza real, seria e inminente y disparó por el miedo  que sentía".

La juez, que le absuelve por concurrir la eximente completa de  legítima defensa, le condena como responsable civil a pagar 100.000  euros a la mujer de la víctima, 150.000 al hijo, y 30.000 a cada uno  de los padres; además, establece como responsable civil subsidiario a  la empresa CES 21, de la que Corominas fue administrador.

La acusación particular pedía una indemnización de 400.000 euros,  mientras que la Fiscalía solicitaba 270.000, y la defensa pretendía  que Corominas --que ya había entregado 150.000 euros a la familia--  no se hiciera cargo de la responsabilidad civil.

En la sentencia, la juez considera que, pese a que se haya  declarado a Corominas "exento de responsabilidad" de la muerte del  ladrón --porque disparó y mató creyendo que iban a dispararle a él--,  esta agresión por parte del asaltante no existía, sino que solo la  imaginó.

"Este acto sí que genera responsabilidad civil, pues resultaría  del todo injusto que se vieran privados de este resarcimiento los  perjudicados por una conducta errónea de Corominas", se establece en  la sentencia.

La empresa CES 21 responderá subsidiariamente ya que la juez ha  considerado probado que en el momento de los hechos Corominas era el  socio y administrador único y ejercía su actividad como coordinador  de la seguridad privada de los Tous, desempeñando sus funciones en el  ámbito de esta empresa.

MOVIMIENTO BRUSCO

El jurado dio por buena la legítima defensa al considerar que  Corominas, alertado por el vigilante de seguridad, acudió a la  vivienda, se acercó al coche sospechoso y, al observar un movimiento  brusco de uno de los asaltantes, disparó al creer que éste le iba a  disparar.

Consideraron que el yerno de los Tous no era consciente del riesgo  en el momento en que disparó y el instinto le llevó a defenderse, y  que no tuvo tiempo real para pensar sus actuaciones.

El tribunal también afirmó que la situación de miedo en la que se  vio inmerso pudo provocar un efecto túnel, tal y como explicó uno de  los peritos durante el juicio, que consiste en que se pierde la  percepción de las cosas: "En una situación de miedo puede haber  distorsión de las percepciones".

La Fiscalía y la acusación particular pedían 7 años y medio y 11  años y medio de cárcel, respectivamente, por un delito de homicidio,  mientras que la defensa del acusado pedía la absolución.

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