La Junta ‘copia’ a los países ricos de Europa para multar las casas vacías

Dinamarca sanciona los pisos que estén desocupados más de seis semanas y Reino Unido los compra con dinero público para alquilarlos

el 14 abr 2013 / 01:01 h.

En España la tasa de alquiler roza el 17% mientras que en Europa, el 33%. En España la tasa de alquiler roza el 17% mientras que en Europa, el 33%. La finalidad última de las sanciones que impondrá la Junta a bancos e inmobiliarias que posean viviendas vacías (hasta 9.000 euros) es que bajen los alquileres. Para eludir la multa habrá que acreditar que la casa está alquilada durante al menos seis meses seguidos y, para lograrlo, los propietarios deberán abaratar los precios. En España y Andalucía la cultura del alquiler es casi residual si se compara con la media europea (16,9% en España y 33% en nuestro entorno). El Gobierno andaluz pretende fomentar el arrendamiento y para ello se ha fijado en cómo legislan los países más ricos de Europa. Muchas de las medidas que nuestros vecinos europeos llevan años aplicando han inspirado el decreto andaluz para la función social de la vivienda, que entró en vigor el viernes y que no ha dejado indiferente a nadie. Mientras el PP azota a la Junta y acusa a la Consejería de Fomento y Vivienda (IU) de haber implantado en Andalucía el modelo bolivariano de Hugo Chávez, desde el departamento de Elena Cortés dejan claro que el decreto sitúa a la comunidad al nivel de los países más avanzados de Europa. La norma andaluza, además de las sanciones a las personas jurídicas que tengan viviendas desocupadas, incluye la posibilidad de expropiar a los bancos las casas de familias en riesgo de exclusión social para evitar su desahucio. La mayoría de los países europeos más avanzados van incluso más allá. Según información recopilada por la Junta, en Holanda la ocupación de las viviendas que llevan libres más de un año es legal y solo se devuelve al propietario si demuestra que ésta no volverá a quedar desocupada. Además hay cuantiosos subsidios públicos al alquiler. Las ayudas al arrendamiento son un pilar básico en la legislación europea mientras que en España aún dejan mucho que desear. La intención de la consejería es incentivar al propietario individual para que alquile su vivienda y, a la vez, dar subvenciones a los inquilinos. Estas ayudas se concretarán en el próximo Plan de Vivienda y Rehabilitación. En Dinamarca se sancionan a los dueños que tengan deshabitadas sus casas durante solo seis semanas sin autorización del ayuntamiento. Se aplica sobre todo en ciudades de más de 20.000 habitantes. La ley establece además que los miembros de una misma familia no pueden usar más de una vivienda en el mismo municipio si no lo autoriza la corporación local. En Dinamarca, igual que en otros países de la UE, existe un registro de viviendas vacías –la Junta debe crear uno próximamente– que es público –no como el andaluz– y que se actualiza anualmente. En Suecia los ayuntamientos ofertan pisos en alquiler más baratos con lo que obligan al sector privado a bajar los precios. Si esta política no da resultado, su legislación puede autorizar la demolición de las viviendas vacías. En Alemania los propietarios pueden ser obligados a acometer obras de rehabilitación, de lo contrario se enfrentan a multas e incluso a la expropiación. La ley establece que en los municipios con más del 10% de las casas vacías los ayuntamientos pueden derribar aquellas que no se puedan alquilar. Francia permite que las autoridades incauten a las personas jurídicas las viviendas que hayan permanecido deshabitadas durante al menos un año “en los municipios donde existan importantes desequilibrios entre la oferta y la demanda y en detrimento de las personas desfavorecidas”. Esa requisa puede durar hasta doce años. Al igual que en Andalucía, se controlarán los consumos de agua, luz o gas para determinar los pisos vacantes. Francia además grava con un impuesto estas viviendas. Por último, en Reino Unido, además de incentivos, existe un presupuesto público dedicado a comprar las casas vacías para ofrecerlas a alquiler social. También se contemplan penalizaciones a los dueños y se permite el alquiler o la venta forzosa de pisos que lleven desocupados más de seis meses.

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