Economía

Los parados pagarán sólo el 50% de la mensualidad de su hipoteca

el 15 sep 2009 / 17:49 h.

Medio millón de desempleados y autónomos inactivos podrán beneficiarse de la moratoria de dos años en el abono de la mitad de la hipoteca anunciada por Zapatero. Se trata de una iniciativa que trata de amortiguar el incremento de los impagos y la pérdida de la vivienda.

Si hace unas semanas las medidas contra la crisis económica iban destinadas a los bancos, ahora van directas al bolsillo, y en especial de aquellos que han perdido su puesto de trabajo y, así, ven peligrar sus viviendas por impago. El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, anunció ayer una moratoria, de hasta dos años, para el pago del 50% de las cuotas hipotecarias a los desempleados y autónomos inactivos con cargas familiares y cuyos préstamos para la compra del piso sean inferiores a 170.000 euros. En una comparecencia extraordinaria en el Palacio de la Moncloa, explicó que tal moratoria podría beneficiar a medio millón de personas, que han de haber suscrito su préstamo hipotecario antes del 1 de enero de 2008.

Sólo podrán solicitar este aplazamiento los empleados por cuenta ajena que se hayan quedado en paro o que pierdan su trabajo antes del 1 de enero de 2010, así como los autónomos con cargas familiares que se hayan visto obligados a cerrar su negocio o que acrediten pérdidas que reduzcan sus ingresos hasta tres veces el Indicador Público de Efectos de Renta Múltiple -el Iprem, que actualmente está en 516,9 euros-. Y un último colectivo beneficiado, quienes pasen a ser pensionistas de viudedad con cargas familiares.

Hay máximo en la cuota. El límite de la moratoria, que garantizará el Instituto de Crédito Oficial (ICO), será de 500 euros al mes, y las cantidades aplazadas se deberán recompensar a partir del 1 de enero de 2011 prorrateadas en las mensualidades que resten para el abono del préstamo, con un límite de diez años.

Esta medida tiene un efecto inmediato, el de pagar menos, pero, también en lo que a las hipotecas se refiere, se contempla otra iniciativa que atañe a las desgravaciones fiscales. En efecto, Zapatero anunció que la devolución que reciben quienes pagan una hipoteca cuando hacen la Declaración de la Renta (IRPF) "se incorporará" a las retenciones mensuales en las nóminas, lo que reducirá dichas retenciones hasta en dos puntos y permitirá a unos 3,5 millones de ciudadanos disponer antes de este beneficio fiscal. Por tanto, la primera medida sería en exclusiva para parados y autónomos, mientras que ésta se concibe con carácter general.

No obstante, tal inmediatez fiscal -la de descontar de las retenciones de cada nómina los beneficios fiscales por tener una hipoteca, en lugar de esperar a la declaración del IRPF- será voluntaria, y sólo podrán acceder a ella quienes tengan al año rentas inferiores a los 33.000 euros.

Los cálculos del Ejecutivo indican que esta última actuación supondrá un "adelanto de liquidez" para las familias de 2.000 millones de euros y podría beneficiar a tres millones y medio de contribuyentes en España.

Y más. Se ampliará en dos años, hasta cuatro, el plazo a efectos fiscales del que disponen quienes se hayan comprado una vivienda habitual nueva para que vendan la anterior. ¿Qué significa? La actual normativa establece que aquellos que adquieran un piso nuevo están exentos de pagar la plusvalía por la venta del viejo, al considerarse reinversión para la otra casa, pero para disfrutar de tal ventaja fiscal han de vender la primera de ellas en los dos años siguientes a la segunda compra.

Debido a que en la actualidad el parón inmobiliario hace más difícil la venta, el Gobierno opta por ampliar el plazo en dos años más, y nunca más tarde del día 31 de diciembre de 2010. Eso sí, esta medida será efectiva para quienes han adquirido la segunda vivienda desde 2006 hasta 2008.

Van tres, y queda la cuarta iniciativa. Zapatero confirmó que se ampliará el plazo para materializar el saldo de la cuenta ahorro vivienda. Es decir, para no devolver las desgravaciones fiscales (15% de la cantidad invertida, sobre un máximo anual de 9.015,18 euros), pero no para efectuar nuevas aportaciones a la cuenta vivienda (esto es, la ventaja fiscal se mantiene para los dos primeros años, pero no en los dos siguientes).

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