Multado con 1.260 euros por construir un chalet ilegal en Constantina

Lo condena por un delito contra la ordenación del territorio , ya que construyó una casa en una zona de la sierra que está situada en suelo clasificado como no urbanizable.

el 02 ago 2013 / 13:48 h.

El Juzgado de lo Penal número 15 de Sevilla ha condenado a un  hombre, identificado como M.S.R., a pagar 1.260 euros por haber  construido un chalet ilegal en su finca que se encuentra en la sierra  de la localidad sevillana de Constantina. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el  Juzgado de lo Penal número 15 de Sevilla condena a este hombre por un  delito contra la ordenación del territorio a pagar 1.260 euros, ya  que construyó una casa en una zona de la sierra de Constantina que  está situada en suelo clasificado como no urbanizable. Los hechos tuvieron lugar en junio de 2004 cuando el imputado,  junto a su esposa, compró una finca de 3,21 hectáreas en el paraje  conocido como Blanco Alto, en el término municipal de Constantina. La  parcela está enclavada en el parque natural de la Sierra Norte de  Sevilla y está declarada como espacio natural protegido de  Andalucía. Cuando la pareja adquirió la finca, solamente tenía unos restos de  muros ruinosos de una antigua edificación. El hombre solicitó una  licencia en 2005 para la recuperación de un caserío y para construir  una nave, por lo que presentó un proyecto de actuación que incluía  esa recuperación en una sola planta con una superficie de 92 metros  cuadrados, además de una nave de aperos de 50 metros cuadrados. Así, el M.S.R. obtuvo un informe favorable de la Delegación  Provincial de Medio Ambiente de Andalucía, pero no una licencia  municipal. Según la sentencia, "sin aguardar la respuesta del Ayuntamiento,  se excedió notablemente de la licencia solicitada y no concedida, de  lo legalmente autorizable y de los términos del proyecto  arquitectónico", ya que en el primer semestre de 2007, "en vez de  rehabilitar el caserío", construyó un chalet de dos plantas, la  primera de ellas de 144 metros cuadrados y la segunda de 60. EDIFICACION "DISCORDANTE" CON LO QUE HABIA PROYECTADO De esta manera, la Sala considera que esta edificación es  "discordante" con lo que había pedido y se había firmado con la  Consejería. Además, había construido dos porches, uno en frontal de  16 metros cuadrados y otro en el lateral de 12 metros cuadrados, "que  tampoco habían sido proyectados", para lo que roturó la cubierta  vegetal e hizo un desmonte que provocó un talud de tres metros de  altura. En julio de 2007, la Guardia Civil inspeccionó la obra en  ejecución y, tras ver que las obras no habían sido autorizadas, el  Ayuntamiento dictó orden de paralización para ese mismo mes, lo que  fue cumplido por el acusado. La vivienda se halla, "conforme a las normas subsidiarias de  Constantina y su texto refundido", en suelo no urbanizable en una  zona de protección de la dehesa, por lo que la norma solo permitiría  una edificación máxima de 200 metros cuadrados y una altura de 5  metros, que fue superada por la construcción que hizo el condenado. "NO GUARDA ARMONIA CON LA ARQUITECTURA TRADICIONAL DEL PARQUE" Por otra parte, la finca se sitúa en el ámbito del Plan de  Ordenación de los recursos naturales del parque natural,  localizándose en una zona en la que se permite la vivienda  unifamiliar ligada a la explotación de los recursos agrarios, pero  "esta vivienda no guarda armonía con la arquitectura popular y  tradicional del parque, por lo que es ilegal". Asimismo, no consta que la esposa del acusado supiera "las  acciones irregulares acometidas por el acusado", ni que el  constructor que hizo las obras supiera que no estaban autorizadas, ni  que los técnicos conocieran el exceso constructivo respecto a la  normativa urbanística y medio ambiental de aplicación. Antes de que tuviera lugar el juicio oral, el imputado demolió el  edificio en todo aquello que era disconforme con la normativa del  planeamiento.

  • 1