Economía

Sanción a Cajasur por incumplir la normativa de blanqueo de capitales

El Consejo de Ministros ha impuesto a Cajasur una sanción de 300.000 euros por una infracción muy grave de la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales, una multa que la entidad financiera ya ha recurrido ante el Tribunal Supremo y que achaca a una diferencia en la interpretación de la normativa.

el 16 sep 2009 / 02:47 h.

El Consejo de Ministros ha impuesto a Cajasur una sanción de 300.000 euros por una infracción muy grave de la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales, una multa que la entidad financiera ya ha recurrido ante el Tribunal Supremo y que achaca a una diferencia en la interpretación de la normativa.

Según recoge la edición de ayer del Boletín Oficial del Estado (BOE), el Consejo de Ministros dictó el 1 de agosto de 2008 un acuerdo sancionador contra Cajasur por este motivo, y ya es firme en la vía administrativa.

Dado que había sido denegada la suspensión de su ejecución por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo mediante auto de 13 de marzo de 2009, el BOE procedió a la publicación de esta sanción.

El Gobierno central decidió imponer a la entidad cordobesa una multa de 300.000 euros y amonestación pública "como responsable de una infracción muy grave" por incumplimiento injustificado de la obligación de comunicar operaciones sospechosas de blanqueo de dinero.

La citada obligación se genera cuando un empleado o directivo de la entidad hubiera puesto de manifiesto a los órganos de control interno la existencia de indicios o la certeza de que un hecho u operación estaba relacionado con el blanqueo de capitales (esto es, lavado de dinero).

Fuentes de Cajasur explicaron que los hechos sancionados ocurrieron en 2005 cuando dos clientes de la entidad recibieron una transferencia de dinero del extranjero que sacaron a través de cajeros automáticos, si bien matizan que el importe de las operaciones es "muy inferior" a la multa de 300.000 euros que le ha sido asignada.

Destacaron igualmente que la multa es fruto de una diferencia de criterios a la hora de interpretar la normativa y los hechos que deben ser obligatoriamente comunicados, aunque "no de incumplimiento de la misma".

Las fuentes resaltaron, además, que la cuantía de la sanción se sitúa en la escala inferior de la horquilla fijada para este tipo de infracciones, ya que las multas por este concepto pueden ir desde los 90.000 euros hasta el 5% de los recursos propios de la entidad, que en el caso de Cajasur sería de 70 millones de euros.

Las fuentes de la caja andaluza precisaron que la entidad ha acudido a los tribunales "para hacer valer sus derechos". "La sanción impuesta tiene un carácter meramente administrativo, es decir, Cajasur sólo ha sido sancionada por una infracción administrativa que además está recurrida ante los tribunales de justicia", recalcaron.

Al fijar la sanción, el Ministerio de Economía apela a un artículo de una ley de 1993 que obliga a los bancos y cajas de ahorros y rurales a colaborar con el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias para prevenir operaciones financieras delictivas.

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