Acciones total o parcialmente liberadas

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05 feb 2018 / 19:10 h - Actualizado: 05 feb 2018 / 19:10 h.
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La emisión de acciones por parte de las sociedades mercantiles tiene como finalidad principal la ampliación de capital con fines expansivos y de inversión.

Sin embargo, en algunas ocasiones las empresas llevan a cabo emisiones de nuevas acciones para distribuir entre sus accionistas con cargo a las reservas propias, es decir, que se emiten sin que se exija como contrapartida un desembolso por parte de los accionistas que adquieren esos valores.

En este supuesto, estamos hablando de acciones totalmente liberadas, en tanto que si se exige un desembolso menor al valor de su cotización por parte de los adquirentes, estaremos hablando de acciones parcialmente liberadas.

En el supuesto de acciones parcialmente liberadas, el accionista sólo desembolsará una parte del valor de las acciones que recibe, y el resto se carga a reservas.

En general, este tipo de operaciones suele estar exenta del pago de impuestos. Por otro lado, el apelativo «liberadas» se utiliza también para designar a aquellas acciones emitidas sin necesidad de su desembolso total o parcial al existir un patrimonio en la empresa como contrapartida de tales acciones, como es el caso de la ampliación del capital con cargo a reservas o beneficios.

Normalmente se distingue entre acciones parcialmente liberadas en las que el valor de adquisición será el importe realmente satisfecho por el accionista y como fecha de adquisición se tomará la de entrega de los títulos y acciones totalmente liberadas, en las que el valor de adquisición, así como el de las acciones de las que procedan será el resultante de repartir el coste total entre el número de títulos, tanto los antiguos como los liberados que le corresponda. La antigüedad será la correspondiente a cada una de las acciones de las cuales procedan.

Los rendimientos procedentes de la entrega de acciones total o parcialmente liberadas están exentas de tributación en el IRPF.