Garantizar la correcta relación entre los inquilinos de los pisos de alquiler del parque público de vivienda. Este es el objetivo con el que nació, en marzo de 2016, el protocolo de convivencia que Emvisesa viene aplicando desde entonces en el parque municipal en alquiler, así como aquellas casas en las que, sin ser de su propiedad, tiene encomendadas la gestión. Esto se traduce a más de 2.600 viviendas que se localizan en Torreblanca (483), en Pino Montano (655), en Sevilla Este (335) y el resto en diversas zonas.

En este año y medio de vida, la normativa ha servido para resolver situaciones de conflicto de toda índole. Hasta el pasado 30 de septiembre, la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV), que es la encargada de aplicar el protocolo, ha abierto 153 expedientes. De ellos, 57 se encuentran en diferentes fases de tramitación (comprobación, comunicación a los interesados, alegaciones, etc.) pues los expedientes son ampliamente documentados antes de resolverlos. Otros 39 se han cerrado bien porque hayan cesado las actuaciones que dieron lugar a los mismos o porque no se hayan podido verificar los hechos denunciados.

El resto, 23, son expedientes que se han tramitado hasta el final, dando lugar a la imposición de diferentes sanciones según la gravedad de las infracciones. Cuatro de ellos han concluido con multas económicas o de otro tipo (por comportamientos leves y graves).

Los expedientes por infracciones muy graves que han pasado por Consejo de Administración de Emvisesa en este año y medio han sido 19, siendo aprobados por unanimidad, y por tanto habiéndose adoptado como sanción la resolución de los contratos de alquiler en vía judicial un total de 10 expedientes. De estos, se han recuperado ya judicialmente hasta la fecha dos viviendas. No obstante, hay otros nueve expedientes que no lograron la unanimidad por lo que pasaron a los servicios de mediación y resolución de conflictos. De estos, en dos casos se han resuelto con un informe favorable y se encuentran en el año de seguimiento, y en uno se ha dictado informe desfavorable y está pendiente de ser sancionado.

Precisamente el protocolo prevé este servicio de mediación y resolución de conflictos para valorar los casos antes de imponer sanción alguna y evitar llegar a la resolución de los contratos. En este tiempo ha visto 30 expedientes. De ellos, 19 se encuentran actualmente en tramitación; otros siete se solventaron con un informe favorable y se encuentran en el año de seguimiento; siete se cerraron positivamente y uno lo hizo negativamente, por lo que ha sido propuesto para sanción.

Finalmente, otros cuatro casos se han enmarcado dentro del Programa de Protección de Inquilinos. Este plan se activa en situaciones en los que los arrendatarios se vean afectados por conductas delictivas o comportamientos contra la libertad sexual, violencia de género, acoso psicológico o situaciones que puedan llegar a comprometer su integridad física. De estos cuatro casos, dos se han resuelto con reubicaciones en otras zonas.

Las causas

En este año y medio la experiencia adquirida indica que los inquilinos «se están mentalizando de la necesidad de mantener pautas de conducta y de buena convivencia», ya sea por las políticas educativas o por las punitivas que contempla el protocolo. Además, según la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda, con las comunidades «se ha generado un mayor vínculo y un mejor trasvase de información y coordinación» para solventar ciertos conflictos.Si bien, las infracciones leves más habituales en este tiempo son las actividades molestas para los vecinos (43 por ciento de los casos) y la ocupación de elementos comunes (26 por ciento).

Entre las graves destacan la utilización de zonas comunes para usos que no le son propios (18 por ciento), enganche ilegal de suministros (16 por ciento) o molestias causadas por animales (14 por ciento).

Por último, aquellas consideradas muy graves, tienen relación con conductas delictivas que han dado lugar a denuncias ante la Policía (30 por ciento), subarriendos de viviendas (15 por ciento) o utilización de las zonas comunes para usos peligrosos (15 por ciento).