La conservación del burro andaluz es una actividad con «ánimo de lucro» según la Junta

La raza asnal andaluza está declarada en peligro de extinción, con menos de 500 ejemplares y su reproducción es esencial para la supervivencia de la especie

Imagen de archivo de burros andaluces. / R.G.

Imagen de archivo de burros andaluces. / R.G. / Ricardo Gamaza

Ricardo Gamaza

La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía en Córdoba interpreta que la conservación de una raza en peligro de extinción, la del burro andaluz, es una actividad con “ánimo de lucro”. Así se desprende de la sanción impuesta a un criador de asno andaluz, perteneciente a la Asociación del Asno de Pura Raza Andaluza (ASNOPRA), por el transporte de un ejemplar de esta raza para su reproducción en la provincia de Córdoba, como parte del Programa de Cría para reproducir a una burras inscrita en el Libro Genealógico con un garañón pura raza.

La raza Asnal Andaluza es una de las 5 razas autóctonas de burro existentes en la península ibérica y está en una situación dramática de conservación. En la actualidad cuenta con un censo que no llega a los 500 animales inscritos en el Libro Genealógico de la Raza, distribuidos especialmente en las comunidades autónomas de Extremadura, Castilla la Mancha y Andalucía -de la que recibe el nombre-.

Precisamente, la gestión del libro genealógico de la raza fue cedida por la Junta de Andalucía a la Asociación del Asno Pura Raza Andaluza mediante Resolución de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, reconociendo así a esta asociación de criadores la gestión del Programa de Cría de la raza andaluza, la misma actividad no lucrativa que ahora pretende sancionarse desde la delegación provincial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía en Córdoba.

La esperpéntica sanción se produjo cuando el criador de ASNOPRA transportaba una burra desde Hinojosa del Duque a Pozoblanco, en cuyo itinerario al criador le fue solicitada Guía de transporte y talón de desinfección del medio transporte emitido por un centro de limpieza y desinfección autorizado. Documentos que el ganadero no estaría obligado a aportar ya que según la normativa andaluza de sanidad animal no es necesaria la obtención de guía para el desplazamiento de équidos dentro de la Comunidad Autónoma cuando no haya cambio de titularidad. Además, la limpieza y desinfección del medio de transporte se podrían realizar en la propia explotación siempre que el transporte sea dentro de la Comunidad Autónoma y se realice sin ánimo de lucro.

Sin embargo, el Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Territorial estima según el procedimiento sancionador que “el movimiento tiene ánimo de lucro por estar relacionado con la cría de animales”y, por tanto, no admite la desinfección realizada por el mismo ganadero en la explotación. Algo que parece contradecir la propia actuación de la Consejería de la que depende éste Servicio, y que mediante Orden de 3 de abril de 2023 incluye a la Raza Asnal Andaluza en la Intervención denominada “compromisos de conservación de recursos genéticos”, en la que queda claro que no existe afán lucrativo en la reproducción de esta raza animal, ya que la finalidad es la conservación de un recurso genético inmaterial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Desde la Asociación de Criadores ASNOPRA afirman no entender la atribución de ánimo de lucro al hecho de transportar una burra con un medio propio y por parte del mismo propietario. Asimismo defienden que no sólo no hay lucro en la reproducción enfocada a la conservación de una raza que está al borde de la extinción, sino que además la labor por revertir la situación crítica en que se halla el asno andaluz obedece más a causas sentimentales y de compromiso con el mundo rural que a los fines económicos de una actividad que, por ausencia de rentabilidad, apenas tiene ganaderos que se dediquen a ello.