Sin agua ni para una ducha

Distintas organizaciones critican el modelo de reglamento del ciclo urbano del agua en Andalucía elaborado por la Junta. Esta norma regulará entre otras cuestiones el mínimo vital que garantiza que el acceso al agua sea un derecho humano

Ricardo Gamaza RicardoGamaza /
23 jun 2018 / 22:18 h - Actualizado: 24 jun 2018 / 12:44 h.
"Ecoperiodismo"
  • La idea del documento es considerar el agua como derecho humano.
    La idea del documento es considerar el agua como derecho humano.

Pese a los indudables aspectos positivos que contiene, no ha convencido a nadie de la sociedad civil. El borrador de Reglamento del ciclo urbano del agua en Andalucía, la primera norma de estas características de todo el territorio nacional, parece escrito bajo la presión de las empresas que quieren privatizar el agua. La esperanza de que esta norma concretase el derecho humano al agua, algo que declaró la ONU en 2010, se ha quedado lejos de cubrir esas expectativas.

Tras un proceso inédito de colaboración de múltiples y diversos sectores de la sociedad civil, frecuentemente enfrentados entre sí, se ha redactado un documento crítico elaborado por la Asociación de Operadores de Agua Pública, Facua, Ecologistas en Acción, la Fundación Nueva Cultura del Agua, CCOO, WWF, Ingeniería Sin Fronteras o la Fundación Savia, entre otras. Organizaciones que coinciden en que el borrador que ha presentado la Junta de Andalucía «muestra un proyecto que parece diseñado para consolidar, propiciar y facilitar la gestión privada».

El documento, al que ha tenido acceso en exclusiva Ecoperiodismo, apunta que el reglamento tiene como uno de sus objetivos centrales «garantizar el marco jurídico de desenvolvimiento de los operadores –entidades prestatatarias– privados». Este objetivo fundamental se combina con el de «minimizar los costes del reconocimiento del derecho humano al agua y al saneamiento, que se hace de una manera confusa e incompleta, contrastando con la claridad con la que se limitan los costes a las empresas prestatarias».

Especialmente grave en la redacción de la que será la nueva norma andaluza sobre el agua urbana es la reducción a tan solo 50 litros por persona y día como mínimo vital. Esta reducción a la mínima expresión posible contrasta con los estudios más recientes que elevan al doble la cantidad de agua que una persona necesita al día para tener una vida digna, al igual que ha indicado en su doctrina el Defensor del Pueblo andaluz, que también ha apoyado los 100 litros mínimos por persona y día. En el terreno práctico, 50 litros no alcanzan siquiera para poder usar el agua en cuestiones cotidianas como cocinar, limpiar, lavar y el aseo personal, incluyendo al menos poder darse una ducha al día.

«Es claramente insuficiente», expresan las organizaciones opuestas a este «indignante» mínimo vital propuesto en el documento del Gobierno andaluz, del que dicen que propicia «una estigmatización de la pobreza ya que el consumo medio en el Estado es de 127 litros». Si se mira fuera de las fronteras españolas, en países como Francia, abanderada europea del derecho al agua, ni siquiera existe una cantidad fija establecida sino que directamente está prohibido cortar el suministro.

Los fondos sociales de las entidades encargadas de suministrar el agua a la ciudadanía es otro de los puntos polémicos del reglamento de la Junta de Andalucía, que aún no ha hecho declaraciones al respecto de estas críticas. «Está pensado para dar garantías a la empresa privada», dice el documento crítico de las organizaciones civiles. En efecto resulta cuanto menos sorprendente que ponga límites a esos fondos sociales y que además esos límites sean muy inferiores a los que actualmente dedican las empresas de aguas andaluzas. En concreto el borrador de reglamento que se ha dado a conocer marca que «para la dotación de esos fondos sociales, dichas entidades proveerán anualmente unas previsiones de gasto que en ningún caso podrán exceder el 0,7 por ciento de la facturación tarifaria del ejercicio inmediatamente anterior». Para los críticos, la expresión que «en ningún caso podrá exceder» es «insólita por lo concreta y terminante en un caso abierto a circunstancias tan variables y singulares como este» y reclaman en el documento que «si es un derecho humano, es un derecho que hay que garantizar».

Aunque el borrador supone avances y contiene elementos positivos en la formulación de principios, según se asegura en el documento crítico, también se apunta que «se echa en falta claridad y actualidad de ideas». Para las organizaciones «hay principios que no pueden faltar en el reglamento», en referencia a la prevalencia de la gestión pública directa, defendiendo que «la mejor manera de desempeñar este servicio es la gestión pública ya que es la garante del dominio público y el derecho humano». También es necesario incorporar el principio de planificación para las inversiones regulares, situaciones de sequía, prevención de los impactos futuros del cambio climático, etc. «Está planificación debe de ser participada», aseveran ya que «para estos temas es necesario que los ciudadanos tengan la información necesaria orientada a la participación en los procesos de decisión, cosa que no está bien regulada por este reglamento».

La introducción del enfoque de gestión de riesgo «como subyace en la nueva directiva europea de aguas potables» y que se refiere a la prevención y protección de las fuentes, es otro de los asuntos que se echan en falta: «El borrador de reglamento conocido hasta ahora nunca habla del medio natural», critican. El principio del mejor conocimiento científico y tecnología disponible, la recuperación de costes y principio de quien contamina paga o el principio de economía circular (reutilización, aguas grises, drenaje sostenible, entre otros) son cuestiones olvidadas en este reglamento que aspiraba a ser un modelo a seguir en España y que, por ahora, se ha quedado en papel mojado.