ADMINISTRACIÓN
Más de 755.000 funcionarios interinos, pendientes de si Europa les hace fijos o legitima su temporalidad
El Tribunal Supremo preguntará "de forma inminente" por ello al Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Los funcionarios interinos representan casi un tercio del personal de las administraciones públicas
Alberto Muñoz, Cristina Gallardo
El tira y afloja entre la justicia europea y la española por los modelos de contratación de la administración pública podría tener consecuencias en el futuro laboral de los más de 755.000 funcionarios interinos que existen en España o, por el contrario, legitimar la temporalidad de este colectivo. que supone casi un tercio del personal del Estado.
El Tribunal Supremo anunció ayer que iba a consultar "de forma inminente" al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si el modelo actual se atiene o no a las leyes europeas, forzando, de esa forma, a que no exista una ambigüedad en su respuesta. Hacer fijo a este personal, sostiene el Alto Tribunal, no es la "única solución" posible para un tema sobre el que también se va a pronunciar el Tribunal Constitucional.
Según los últimos datos disponibles en el Instituto Nacional de Estadística, de los casi 3 millones de personas que trabajan para las distintas administraciones españolas, más de 755.000 tienen un estatus de funcionario interino. Es decir, que prácticamente uno de cada tres empleados públicos tiene una catalogación que, según explica la Administración, debería estar restringida a "razones expresamente justificadas de necesidad de urgencia" en "funciones propias de personal funcionario de carrera".
Por comunidades, donde más se concentran este tipo de contratos, y son datos coherentes con el tamaño y el peso de sus administraciones, es en Andalucía (106.964 funcionarios interinos), Cataluña (103.228), Comunidad de Madrid (78.643) y País Vasco (58.674). Sin embargo, el reparto por sectores es desigual, ya que la mitad de estos funcionarios interinos (356.580) corresponde a personal de instituciones sanitarias y casi un tercio (215.239) a docencia no universitaria.
Europa dejó la puerta abierta
El pasado febrero, una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea pareció abrir la puerta a que España tuviera que hacer fijo al personal interino, pero esta es una interpretación que aún no se ha visto sustanciada en la práctica.
Según explican a El Periódico de España, del mismo grupo editorial que este diario, fuentes de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, la sentencia del TJUE "del 22 de febrero de 2024 nunca dijo que la única solución para los indefinidos no fijos fuera la declaración de fijeza", y, de hecho, en ella se "preveían expresamente otras soluciones alternativas". Es decir, que el hecho de que desde Europa se propongan mecanismos como el de hacer fijos a estos trabajadores no quiere decir que sea un mandato para ajustarse a sus leyes.
Por el momento, el Alto Tribunal parece tener claro que de la sentencia de febrero del TJUE “no se deriva, en ningún caso, la necesidad de la conversión judicial automática de los trabajadores indefinidos no fijos en fijos, que como ya se ha visto es algo incompatible con el sistema español de autoorganización de su propia administración pública —que se basa en los principios de igualdad, capacidad y mérito en el acceso a la función pública—, y que se aplica tanto a los funcionarios públicos como a los contratados laboralmente”.
El Tribunal Constitucional se pronunciará
El tema no está siendo analizado únicamente en Europa, sino que el Tribunal Constitucional también ha admitido recientemente a trámite una cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Superior de Castilla-La Mancha contra dos disposiciones adicionales concretas de la ley que aprobó el Gobierno a finales de 2021 para intentar reducir la temporalidad en el empleo público.
La ley cuestionada ante el órgano de garantías busca frenar el abuso de las contrataciones temporales en línea con los pronunciamientos del propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Se persigue mejorar la calidad del trabajo de los funcionarios y también evitar los abusos del uso por parte de las administraciones públicas de sucesivos contratos de corta duración y temporales.
Además, el pasado mes de diciembre el Tribunal Constitucional ya desestimó, y por unanimidad, un recurso promovido por Vox contra un decreto ley anterior, de julio de 2021, encaminado también a reducir la temporalidad. En su resolución, de la que fue ponente el magistrado Cesar Tolosa, se apreciaba la existencia de una relación de adecuación de las medidas adoptadas y la situación de urgencia a cuya solución sirven.
Por otro lado, se argumentó que no había infracción de la Constitución porque la norma recurrida no lleva a cabo cabo una regulación general del derecho fundamental de acceso a la función pública ni tampoco de su contenido esencial.
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