TRIBUNALES

La instructora del ‘caso Tsunami’ suspende temporalmente las citaciones de Puigdemont y Wagensberg

La magistrada Susana Polo toma la decisión tras dar diez días a las partes personadas para que opinaran sobre la entrada de vigor de la amnistía

Carles Puigdemont, durante una rueda de prensa para valorar los resultados de las elecciones catalanas, a 13 de mayo de 2024, en Argelès (Francia). / Glòria Sánchez - Europa Press

La magistrada Susana Polo, instructora del ‘caso Tsunami Democratic’ en el Tribunal Supremo, ha dictado una providencia por la que suspende temporalmente tanto la Orden de Investigación Europea (OEI), como la solicitud de asistencia judicial en materia penal remitida a Suiza, para citar en la causa al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y a Rubén Wagensberg.

La jueza toma la decisión en atención a lo que acordó en la providencia del 11 de junio en la que dio 10 días a las partes personadas para que informasen sobre la entrada de vigor de la Ley de Amnistía.

Lo único que no suspende es la notificación de las resoluciones dictadas en la presente causa a Puigdemont, que hasta la fecha no se ha personado.

Delitos de terrorismo

 En la providencia se señala además que se ha unido a la causa un escrito presentado por Rubén Wagensberg en el que solicita el sobreseimiento de la causa.

La Sala de Admisión del Supremo cuando acordó abrir una causa penal contra Puigdemont y Wagensberg por delitos de terrorismo en relación con los altercados que se produjeron durante movilizaciones convocadas por la plataforma Tsunami Democràtic en protesta contra la sentencia del 'procés'.

García Castellón

La decisión del alto tribunal de abrir una causa penal, al aceptar la exposición razonada elevada por el instructor de Tsunami Democràtic en la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, se produjo en contra del criterio definitivo del ministerio público, expresado por la teniente fiscal del alto tribunal, Ángeles Sánchez Conde.

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La número dos de la carrera consideró que no había indicios suficientes para investigar a Puigdemont y a Wagensberg en la exposición elevada por García Castellón, una posición totalmente contraria al criterio mantenido por prácticamente la totalidad de los fiscales de lo Penal de una de las secciones del Supremo.

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