En respuesta a la consejera

Puigdemont reprocha al Tribunal de Cuentas buscar "15 minutos de fama" y retrasar la aplicación de la amnistía

Argumenta que el organismo fiscalizador no es un "órgano judicial", lo que le impide acudir al TJUE con una cuestión prejudicial o al TC con dudas de inconstitucionalidad

El abogado Gonzalo Boye, a la llegada al Tribunal de Cuentas.

El abogado Gonzalo Boye, a la llegada al Tribunal de Cuentas. / JOSÉ LUIS ROCA

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

La defensa del expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, ha presentado un duro escrito en el Tribunal de Cuentas en el que reprocha a la consejera encargada de dictar sentencia por el 1-O y la acción exterior del Govern, Elena Herráez, que trate de buscar sus "15 minutos de fama" y retrasar la aplicación de la amnistía al plantear a las partes elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuando, en su opinión, no puede hacerlo.

A lo largo de 19 páginas, el abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, explica que el Tribunal de Cuentas no puede dirigirse al TJUE ni presentar una cuestión de inconstitucionalidad al Constitucional, porque "no es un órgano judicial ordinario", que son los únicos para los que ambos mecanismos de consulta están previstos, según establece la carta magna y la legislación correspondiente.

En el escrito, el letrado llega a afirmar que será interesante comprobar si la iniciativa de Herráez, en la que marcó el camino, al menos de las acusaciones, para defender la consulta a la justicia europea, "siquiera logra superar el filtro de admisibilidad, o si termina convirtiéndose en un ridículo de proporciones considerables, demostrando un desconocimiento fundamental de las capacidades propias del órgano que lo plantea y evidenciando su persistente desvinculación respecto del derecho de la Unión. En términos más claros: no cualquiera puede acudir al TJUE, sino solo aquellos que cumplen con los requisitos necesarios. Y este Tribunal de Cuentas, claramente, no los cumple." 

“El Tribunal de Cuentas, en su función de enjuiciar la responsabilidad contable, no actúa como un órgano judicial ordinario y, por lo tanto, no puede instar el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad”, insiste Puigdemont, que reclama la aplicación inmediata de la amnistía, cuyo texto prevé tener un efecto inmediato en los procedimientos abiertos para resarcir la responsabilidad contable en la que se ha podido incurrir, sea cual sea el momento procesal en que se encuentren, salvo que ya se hubiera dictado sentencia firme, lo que no se produce mientras el Tribunal Supremo no revisa la resolución del órgano fiscalizador, en el que primero la dicta la consejera y luego, si es recurrida, es revisada por la Sala de Enjuiciamiento de forma colegiada.

"Creemos que ya resultaría bochornoso por lo disparatado del planteamiento que solo persigue fines dilatorios, tal vez hasta mediáticos, pero jamás uno que se corresponda con las funciones atribuidas a este órgano" el ahondar en más argumentos contra el planteamiento de una prejudicial por el Tribunal de Cuentas. A su juicio, "solo se está perdiendo el tiempo, incurriendo en gasto público indebido e incumpliendo" la ley de amnistía, puesto que su "articulado es lo suficientemente claro como para que este órgano lo comprenda, a pesar de sus pretensiones de acudir, prejudicialmente, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea". 

Desde que se celebró la vista por el dinero público presuntamente detraído a la Generalitat, la forma en la que la consejera ajustó los tiempos para que las acusaciones presentaran sus conclusiones por escrito, y luego lo hicieran las defensas, hacía pensar que trataba de que la promulgación de la ley de amnistía se produjera sin haber dictado aún sentencia para poder plantear una cuestión prejudicial, trámite que finalmente ha iniciado.

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