Árbitro electoral
La JEC multa con 1.500 euros a Sánchez por ensalzar a Illa en un acto oficial durante las elecciones catalanas
El árbitro electoral también sanciona a Alegría por criticar al PP en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
La Junta Electoral Central (JEC) ha multado a Pedro Sánchez con 1.500 euros por ensalzar la figura de Salvador Illa en un acto ofical del Gobierno durante la campaña electoral catalana. En concreto, el jefe del Ejecutivo aseguró que el candidato del PSC era el idóneo para "unir y servir" a la sociedad catalana. También ha impuesto una sanción de 2.200 euros a la portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, por realizar afirmaciones críticas con el PP en la rueda posterior al Consejo de Ministros a cinco días de los comicios catalanes.
"Si hay alguien que puede unir y servir ahora mismo la sociedad catalana creo que tiene un nombre y un apellido que es Salvador Illa", sentenció el 3 de abril el presidente del Gobierno en una rueda de prensa en Doha, con motivo de una visita oficial a Catar. ERC denunció estas palabras por apoyar a un candidato, incumpliendo los principios de objetividad. Además, apuntaron que el uso de los términos "unir y servir" no era aleatorio, sino el lema escogido por los socialistas para titular un manifiesto en defensa de Illa.
La JEC considera que estas palabras vulneral el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) al haber quebrantado el "principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral". La sanción, que puede ir de los 300 a los 3.000 euros, se ha quedado en 1500 euros. El árbitro electoral considera que al hacerlas en Doha las afirmaciones adquirieron una "dimensión e importancia internacional", pero que señalan como atenuante su espontaneidad, al ser en respuesta a una pregunta, y su brevedad.
Críticas a Feijóo
Por otro lado, la Junta Electoral Central ha impuesto otra multa, en este caso de 2.200 euros, a la portavoz del Gobierno por criticar al PP en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrado el 7 de mayo. Alegría arremetió contra el líder de los populares, Alberto Núñez Feijóo, por no asumir los resultados electorales del pasado verano; por convocar manifestaciones contra la amnistía; y por el bloqueo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Nuevamente, la JEC considera que se vulnera el artículo 50.2 de la LOREG.
El árbitro electoral señala que durante las ruedas de prensa posteriores a los Consejos de Ministros "las declaraciones deben ceñirse a reflejar los acuerdos adoptados y no aprovechar el momento, incluidas las preguntas que puedan hacer los representantes de los medios de comunicación, para reivindicar los logros propios o criticar mensajes ajenos". Además, considera que estas ruedas de prensa tienen "una gran capacidad de convocatoria a los medios de comunicación, dando amplia difusión a sus mensajes". Y, aunque ven cierta espontaneidad, la JEC recuerda que ha avisado a los ministros de la necesidad de extremar el cuidado en sus respuesta.
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