Caso Begoña Gómez
La Fiscalía acusa a Peinado de optar por la vía más "invasiva" y "lesiva" al citar a declarar a Sánchez
El ministerio público se suma a la defensa de la esposa del presidente del Gobierno y critica que el juez no le permita contestar por escrito cuando es la "autoridad" al que las acusaciones atribuyen la supuesta influencia
La Fiscalía ha recurrido la citación del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la causa en la que el juez Juan Carlos Peinado ha imputado a su esposa, Begoña Gómez, por estar "radicalmente en contra" y considerarla inútil, innecesaria e impertinente, al ser notorio su cargo y que son cónyuges, lo que, según la ley de enjuiciamiento criminal, le permite no declarar. Además, el ministerio público reprocha al titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid que haya optado por la vía más "invasiva" y "lesiva" contra el presidente del Gobierno, quien, según las acusaciones, sería la "autoridad" ante la que la imputada habría ejercido su influencia, lo que resulta contradictorio con una citación como testigo en la que se le impide responder por escrito.
En un recurso de cinco páginas, la Fiscalía se remite al auto de la Audiencia Provincial de Madrid del pasado 29 de mayo que avaló la investigación abierta y "se preocupó de señalar y recoger" el principio de igualdad ante la ley. "Y esta igualdad no puede hacer de peor condición a quien ejerce un cargo público relevante (ni a su esposa), que, si bien puede ser objeto de las legítimas críticas en ámbitos variados, propios de una sociedad democrática, no debe verse abocado a un tratamiento procesal distinto ni más gravoso que el resto de ciudadanos", argumenta la fiscalía para oponerse a la citación.
En su opinión, la diligencia acordada "no es estrictamente pertinente, toda vez que de la misma no se dirige a acreditar la influencia ni el prevalimiento propios del tipo penal objeto de las presentes diligencias (en la extensión que se quiera)", ni se ha hecho "ponderación alguna sobre la proporcionalidad de la misma, atendiendo al previsible impacto y repercusión, con la sabida y previsible vaciedad probatoria", que en su opinión supondrá la declaración del presidente del Gobierno.
Para el fiscal, "es hecho notorio la relación que existe entre la investigada y su marido, así como el cargo que este ocupa. Precisamente el presidente del Gobierno sería, en la retórica de los denunciantes, la 'autoridad' a la que aludiría el tipo penal y de cuya relación se vale y prevale supuestamente la investigada para desplegar su presunta influencia. Por tanto, investigar 'la posible relación de la persona investigada con una autoridad' resulta sencillamente incierto".
El recurso, que se suma al presentado por la defensa de Begoña Gómez, critica la "premura" con la que el juez ha acordado la citación, sin apenas margen para impugnarla. E interpreta que la resolución dictada entiende que "no ha tenido conocimiento el testigo por razón de su cargo" de los hechos por los que está citado, lo que le lleva e no plantear una eventual declaración por escrito.
"Aun tratándose en efecto de hechos que han podido ser conocidos en atención a su relación personal y familiar, no lo es menos que dicha posición aparece estrechamente vinculada a hechos relacionados con su cargo, por lo que esta previsión legal debería haber sido objeto de análisis, y su descarte entendemos que motivado, ya que escoge una previsión legal sin justificar la misma, optando de nuevo por la más invasiva y lesiva en la esfera del interesado", apunta el recurso.
Por su cargo
El ministerio público añade que "asumiendo la autoproclamada tesis de que el objeto de la causa" son "todos los hechos contenidos en la denuncia de Manos Limpias, y a la vista de las diligencias acordadas recabando material de la SEPI, respecto a las ayudas concedidas por el Consejo de Ministros a Air Europa y Globalia, es obvio que hay actuaciones conocidas en relación al cargo".
En este punto, el recurso repasa las querellas que se han ido interponiendo (la última de Hazte Oír contra el propio Sánchez ante el Tribunal Supremo) y las "numerosas menciones y referencias a actuaciones del presidente del Gobierno de carácter oficial, sean ayudas, reuniones, o viajes", así como a los "delitos de tráfico de influencias, cohecho o negociaciones prohibidas", a la vez que se refieren las actuaciones de Begoña Gómez "como esposa del presidente del Gobierno". Por tanto, "hay actuaciones conocidas y desarrolladas en el marco de la función de presidente de Gobierno".
"Si se fuera coherente con lo manifestado, y aun mostrándonos radicalmente en contra de la diligencia, y su consideración como útil, necesaria y pertinente, se permitiría una declaración escrita, y no se acudiría al escenario ahora planteado, acudiendo al subterfugio de no considerar esta declaración como referida a hechos conocidos en ejercicio del cargo", remata el escrito el ministerio público.
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