Auto judicial
La Audiencia de Madrid ordena reabrir la investigación sobre el presunto espionaje al abogado de Puigdemont
Un auto del órgano estima el recurso de apelación de Gonzalo Boye y subraya que hay indicios suficientes sobre una posible intromisión en su teléfono con el software Pegasus
Carles Puigdemont, con Gonzalo Boye en el mitin del expresidente catalán en su regreso a Barcelona el pasado mes de agosto. / AP
EP
La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado reabrir la investigación sobre el presunto espionaje llevado a cabo con Pegasus a Gonzalo Boye, abogado del ex presidente catalán Carles Puigdemont.
Así lo han acordado los magistrados de la Sección Quinta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que estiman el recurso de apelación que presentó la defensa de Boye contra la decisión del Juzgado de Instrucción Número 49 de Madrid de archivar el procedimiento en junio de 2023.
La Audiencia Provincial reabre así la investigación sobre una posible vulneración del derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones de Gonzalo Boye "mediante la infección de su teléfono móvil con un virus Pegasus para interceptar sus comunicaciones y apoderarse de sus secretos y documentos durante la época en la que dirigió las defensas" de Puigdemont, el también expresidente catalán Quim Torra y los ex consejeros huidos Toni Comin, Clara Ponsatí y Lluis Puig.
En el marco de la resolución, los magistrados recuerdan que el Juzgado de Instrucción acordó el sobreseimiento provisional de la causa porque Boye "no aportó su teléfono móvil para la práctica de un informe pericial sobre la realidad y constatación de las intromisiones, así como los posibles indicios que pudieran ser relevantes para la identificación de los autores".
Según recoge el auto, Boye explicó que la práctica de dicha diligencia pericial "provocaría también la vulneración del derecho a la confidencialidad de sus comunicaciones tanto de sus defendidos como de periodistas, así como del secreto profesional de éstos". Con todo, el letrado alegó que había aportado "documentación suficiente para contemplar la certeza de la intromisión ilegítima perseguida en esta causa".
Los magistrados consideran que si Boye utiliza su móvil para "comunicarse con personas relacionadas con la defensa de derechos humanos" es "obvio" que la entrega del teléfono para practicar el informe pericial "pondría al descubierto todo o parte" de aquello que Boye desea mantener en su privacidad.
Al hilo, la Audiencia Provincial entiende que hay indicios suficientes en la causa sobre una posible intromisión en el teléfono del abogado. Así, hace referencia al informe de The Citizen Lab que obra en la causa.
En este sentido, los magistrados ven necesario tomar declaración en calidad de testigo a los peritos que redactaron dicho informe. También ven pertinente que se requiera a Q Cyber Technologies LTD, NSO Group Technologies LTD y Osy Technologies SARL la documentación acreditativa de los contratos convenios o cualquier clase de acuerdo que se haya suscrito con el Gobierno de España el CNI o cualquier otro organismo o empresa pública o privada española que trabaje con el software Pegasus. Añaden, además, que Boye deberá presentar su informe pericial privado.
Con todo, la Audiencia Provincial sostiene que "procede la reapertura de las diligencias previas para la práctica de las diligencias expuestas, así como de cuantas considere necesarias, a la vista del desarrollo de la causa".
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