Consecuencias de la Dana
El Tribunal Superior de Valencia eleva al Supremo una demanda contra el Gobierno de Sánchez por "inacción" en la Dana
Sobre la mesa del alto tribunal ya figura otra demanda similar presentada por el abogado valenciano que recurrió las restricciones en pandemia
Además de las querellas que van llegando al Tribunal Supremo contra responsables políticos -tanto autonómicos como del Gobierno de Pedro Sánchez- por su supuesta responsabilidad en las consecuencias de la Dana que ha devastado amplias zonas de Valencia, el alto tribunal empieza a acumular también peticiones en el orden contencioso-administrativo, dirigidas a exigir responsabilidades por la inacción de las Administraciones Públicas ante lo ocurrido. Una de ellas llega por vía del propio Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV), que se ha inhibido de conocer la demanda presentada por la asociación Liberum para que se declare la "inacción del Gobierno central en la gestión de la crisis".
Los magistrados del TSJ de Valencia, en coincidencia el informe emitido por la fiscalía, declaran su falta de competencia por dirigirse la demanda contra el Ejecutivo - Liberum presentó su demanda contra la Delegación del Gobierno en Valencia-, si bien lejos de archivarla se dirigen a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, a quien pasan también el testigo sobre la posible adopción de las medidas cautelares urgentes solicitadas por la asociación "para proteger la vida, la salud y la seguridad de los ciudadanos afectados".
La decisión del alto tribunal valenciano obligará en todo caso al Supremo a dar una respuesta a esta demanda, que se suma a la presentada directamente ante este órgano por el abogado valenciano Curro Nicolau, quien adquirió cierta notoriedad mediática por sus recursos contra las medidas que limitaron los movimientos de los ciudadanos durante la pandemia de covid.
Más de 60.000 euros
En su auto, al que ha tenido acceso este diario, se señala que al órgano valenciano le correspondería revisar disposiciones y actos de la Administración periférica del Estado pero siempre que se trate de actos de cuantía superior a 60.000 euros, lo que no parece que sea el caso.
Agrega que tampoco puede ser tenida en cuenta, a la hora de establecer la competencia sobre este asunto, "la pretendida función que se atribuye a la Delegación del Gobierno en Valencia para la coordinación y ejecución de las políticas del Gobierno central en la Comunidad Valenciana”, pues no es factible invocar la falta de coordinación y ejecución cuando precisamente lo que se considera lesivo de los derechos fundamentales es la “inacción” en la que, según la asociación recurrente, habría incurrido el Gobierno de la Nación.
Sobre la "posibilidad jurídica" de que el Tribunal Superior pudiera acordar "en atención a la innegable situación de urgencia que se da en este mismo momento", alguna de las medidas cautelares solicitadas por la asociación Liberum, la Sala responde que dada la remisión del asunto al Supremo no le compete tampoco resolver sobre esta cuestión.
No recibió alerta
En cuanto al recurso de Nicolau, al que también ha tenido acceso esta redacción, se dirige también contra el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y el letrado lo fundamenta en que él se encontraba en Valencia capital el pasado 29 de octubre y que no recibió ningún tipo de alerta de emergencia. En los días posteriores asegura que ha podido ser testigo de la "inactividad del Gobierno de España en la asunción de la intervención que exigía la emergencia de carácter nacional".
Entre otras cosas, lamenta que el Ejecutivo de Sánchez no ordenara la intervención de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado "de manera suficiente a través de la figura del ministro de Interior tal y como se desprende de la normativa y jurisprudencia de aplicación" a este tipo de catástrofes.
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