Caso Begoña Gómez

La fiscalía recurre la imputación del exconsejero del PP Güemes: "No se precisa ni el delito ni su presunta participación"

En otra impugnación el ministerio público se pregunta: "¿Cuál es la influencia de la mujer del presidente del Gobierno perteneciente al PSOE en un Ayuntamiento gobernado por el Partido Popular?"

El presidente del Centro de Emprendimiento e Innovación de IE Business School desde 2010 y exconsejero de la Comunidad de Madrid, Juan José Güemes, tras declarar como testigo en los juzgados de Plaza de Castilla.

El presidente del Centro de Emprendimiento e Innovación de IE Business School desde 2010 y exconsejero de la Comunidad de Madrid, Juan José Güemes, tras declarar como testigo en los juzgados de Plaza de Castilla. / A. Pérez Meca - Europa Press

La fiscalía no comparte la forma de instruir del juez Juan Carlos Peinado y mucho menos su decisión de cambiar la situación procesal de los testigos que comparecen en la causa abierta contra la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez. En el recurso interpuesto contra la imputación del presidente del Centro de Emprendimiento e Innovación de IE Business School y exconsejero del PP, Juan José Güemes, el fiscal adscrito al caso, José Manuel San Baldomero, argumenta la "inexistencia de motivación por sucinta que sea y de exposición fáctica o argumental" para justificar el cambio de declaración.

El recurso, al que ha tenido acceso este diario, recuerda los otros dos casos en los que se ha producido una situación similar: el del empresario al que recomendó Juan Carlos Barrabés y el del rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache. Su conclusión es que el juez peca de los mismos defectos, pero, además, en el caso de Güemes, el cambio de produjo apenas realizadas unas manifestaciones en el juzgado, y el fiscal afirma que no alcanza a comprender "qué puntos contratos de las mismas han sido determinantes para variar dicho cambio en su situación procesal".

En opinión del ministerio público, en el caso de Güemes "no se ha precisado cuál es el delito atribuido ni su presunta participación", más allá de que al principio de su declaración fue informado de que la causa versa sobre los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y usurpación de funciones. En este punto, el fiscal se permite una apostilla: "Ignoramos qué ha ocurrido con la presunta prevaricación surgida de la nada en la imputación de Goyache al inicio de su declaración como investigado".

También dice ignorar el fiscal por qué ha sido imputado y "qué hechos y extremos se abordarán en su futura declaración ni respecto a qué delitos. De ahí que considere que el cambio de situación procesal deba ser revocado.

Según consta en el sumario, al ser interpelado por Peinado sobre el contrato de Begoña Gómez, Güemes dijo que ella “acreditó con su currículum tener experiencia para su trabajo”. Y a continuación añadió de forma clara que no contrató a Gómez por ser la esposa del presidente del Gobierno, a la vez que resaltó que su relación profesional se inició antes de que Pedro Sánchez accediera a la Moncloa. En concreto, situó en 2017, cuando la conoció y le comentó que tenía experiencia en márketing. Añadió que se reunió “dos o tres veces con ella” antes de que fuera contratada.

Ayuntamiento del PP

Además, en un segundo escrito, de 19 de noviembre, la fiscal Lorena Taboada rechaza la decisión de Peinado de investigar diferentes contratos públicos a la empresa innova Next SL, de Juan Carlos Barrabés, quien fue recomendado en concursos de la administración por Begoña Gómez. En uno de ellos, que fue otorgado por el Ayuntamiento de Madrid, ya gobernado por José Luis Martínez-Almeida, la representante del Ministerio Fiscal se pregunta, de forma literal: "¿Cuál es la influencia de la mujer del presidente del Gobierno perteneciente al PSOE en un Ayuntamiento gobernado por el Partido Popular? Las máximas de la experiencia dicen que ninguna; más aún, la relación podría perjudicar al contratista”.

En otro apartado del escrito de la fiscal, en el que se opone a la decisión del juez Peinado de ordenar el registro de la empresa de Juan Carlos Barrabés, se dice que no se comprende el delito que pudo haber cometido Begoña Gómez, en un concurso público en el que no participa: “La señora Gómez no interviene y la oferta de la mercantil de Barrabés es la más ventajosa para la Administración”.

Además, Taboada resalta que en cualquier expediente “intervienen multitud de funcionarios públicos, lo que hace difícil una ‘confabulación’ de todos ellos para beneficiar a la señora Gómez o al señor Barrabés”, dice la fiscal, que concluye que “ningún indicio de delito hay en los contratos anteriores”.

Tracking Pixel Contents