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Absuelta una pareja de agredir a los policías que los detuvieron tras confundirlos con 'narcos'

La juez cuestiona la existencia de una "extralimitación" de los agentes durante su intervención.

el 21 feb 2015 / 13:57 h.

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El Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla ha absuelto a un hombre  y a una mujer acusados de agredir a varios agentes de la Policía  Nacional que los detuvieron en la capital hispalense al sospechar que  los primeros pudieran ser 'narcotraficantes'. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez  absuelve a O.R.N. y a A.J.M. del delito de atentado a los agentes de  la autoridad por el que la Fiscalía pedía para la pareja hasta dos  años de prisión, mientras que también los absuelve de las faltas de  lesiones que se les imputaban. La juez considera probado que los hechos tuvieron lugar en la  madrugada del 5 de junio de 2010, cuando tres agentes de la Policía  Nacional se encontraban ejerciendo sus funciones de prevención de la  delincuencia en la calle Santa María de Ordaz, en la intersección con  la Carretera de Carmona, y observaron a cuatro personas  intercambiándose "algo" en la puerta de un bar. Los agentes sospecharon que pudiera tratarse de sustancias  estupefacientes, por lo que continuaron la vigilancia de dichas  personas, yéndose dos de ellas andando, mientras que los dos  acusados, que han sidos defendidos por el abogado Manuel J. García  Palomo, se subieron a un coche. "SIMULADORES" Así, y cuando los imputados pusieron en marcha el vehículo, fueron  perseguidos por los agentes, que ordenaron a los primeros que se  detuvieran a la voz de 'policía' e identificándose como tales. Los  agentes iban de paisano y en un vehículo camuflado y no accionaron  ningún sistema luminoso o sonoro que los identificara como tal en ese  primer momento. Debido a la hora y a las circunstancias del requerimiento  policial, los imputados decidieron continuar la marcha ante "la gran  probabilidad" de que se tratara de "simuladores" y que su intención  "fuera otra", dice la sentencia, que relata que, pocos metros más  adelante y como quiera que el semáforo que les vinculaba estaba en  rojo, los acusados se vieron forzados a detenerse. En ese momento, fueron interceptados y detenidos por los policías,  "ya con pleno conocimiento de la condición de agentes de la  autoridad", no constando acreditado que durante o tras la detención  los imputados golpearen, forcejearen, arremetieren o impidieren la  misma de algún modo, según la sentencia consultada por Europa Press. La acusada, que regenta una administración de lotería en las  inmediaciones de donde se produjo la intervención policial, sufrió  varias heridas inciso contusas durante la detención, motivo por el  que los imputados han denunciado a los agentes que intervinieron en  los hechos por extralimitación en el ejercicio de sus funciones. DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL De su lado, uno de los agentes sufrió una contusión en el codo  derecho, otro de los policías sufrió una contusión testicular y un  arañazo en el brazo izquierdo, y el tercer agente presentaba el  pantalón roto, no constando suficientemente acreditada la  participación de los imputados en la producción de tales  contusiones. El acusado, que era el conductor del vehículo, había ingerido  bebidas alcohólicas que disminuían sus facultades físicas y psíquicas  necesarias para el correcto manejo del coche, arrojando un resultado  positivo de 1,14 y 1,07 miligramos de alcohol por litro de aire  espirado en las dos pruebas que se le practicaron, motivos por los  que es condenado al pago de una multa de 1.080 euros por un delito  contra la seguridad vial. La acusada negó los hechos y declaró que era de madrugada y, de  repente en un semáforo, se acercaron tres individuos "con mala pinta"  gritando y dando porrazos al coche, decidiendo avanzar cuando  rompieron un cristal "toda vez que en ningún momento pensaron que se  tratara de agentes de la Policía, sino más bien que le iban a  robar". LOS IMPUTADOS DICEN QUE LOS POLICIAS LES AGREDIERON Asimismo, dijo que se detuvieron cuando vieron las señales  luminosas del vehículo policial y aseguró que se bajaron del coche  voluntariamente, por lo que "no comprende la agresión que sufrieron"  por parte de los policías, ya que ella fue golpeada y tratada como un  "yonqui". De su lado, el imputado declaró que no se atrevió a bajar la  ventanilla y que, cuando se dieron cuenta de que eran realmente  policías, se bajó voluntariamente del vehículo sin agredir a ningún  agente, añadiendo que los agentes se confundieron de personas "pues  no era normal su actitud y los golpes que recibió sin provocación por  su parte". Por su parte, los policías declararon que se encontraban de  vigilancia para la prevención del tráfico de drogas y que los  procesados estaban en actitud sospechosa, y aseguraron que, pese a  que iban de paisano en un vehículo camuflado, se identificaron como  agentes, no obstante lo cual los imputados "se dieron a la fuga  haciendo ruedas". Además, dijeron que los procesados no se bajaron del coche  voluntariamente sino que hubo que sacarlo del mismo a la fuerza y que  no colaboraron en ningún momento, hasta el punto de que en el intento  de huida se tuvieron que apartar para no ser atropellados. LAS DOS VERSIONES "TIENEN SU LOGICA" La juez considera que ambas versiones son "contradictorias" pero  "tienen su lógica", pues desde la perspectiva de los imputados  "resulta verosímil que ante la posibilidad de que se tratara de un  intento de robo, se dieran a la fuga y no se detuvieran hasta saber a  ciencia cierta que se trataba de policías", y es que "no hay que  olvidar que los agentes iban de paisano, en vaqueros, en un coche sin  distintivos policiales, era de madrugada, la acusada tiene una  administración de lotería cerca del lugar donde intentaron detenerlos  y eran tres personas". De su lado, y desde la perspectiva de los agentes, la juez destaca  que "se encontraban en la creencia de que se trataba de tráfico de  drogas y, ante el intento de huida, una vez que lograron detenerlos,  emplearon mayor fuerza en la detención", punto en el que asevera que  "resulta cuanto menos extraño que ningún agente se percatara de las  lesiones que sufría" la acusada, "pese a que hubo de sangrar  considerablemente". "También resulta extraño que pese a la fuerte resistencia que dice  uno de los agentes opuso el acusado, propinando patadas, manotazos y  cabezazos, los agentes no presenten lesiones", asegura la juez, que  indica que "no consta suficientemente acreditado el acometimiento  físico a los agentes" y, "por el contrario, existen serias dudas  acerca de la existencia de extralimitación de los agentes durante su  intervención, basada, posiblemente, en el error padecido sobre las  personas de los acusados", una cuestión que "es objeto de otro  procedimiento". Además, "se debe tener en cuenta que, ante la existencia de un  procedimiento penal contra los agentes, sus declaraciones no gozan de  la objetividad que se les presume en los procedimientos en los que  intervienen", concluye.

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