El cámara José Couso murió en el ataque al hotel Palestina de Bagdad el 8 de abril de 2003.

El Tribunal Supremo (TS) ha establecido en la sentencia en la que ordena a la Audiencia Nacional reabrir la causa que investiga la muerte del cámara de Telecinco José Couso -tras una acción del ejército norteamericano contra el Hotel Palestina de Bagdad perpetrada 8 de abril de 2003- que la estrategia bélica denominada "de impacto y terror" sobre personas protegidas en caso de conflicto armado "es penalmente imputable a quien tenga dominio sobre la dirección específica de las operaciones bélicas".

La sentencia, que se conoció ayer, anula el sobreseimiento decretado por la Audiencia Nacional de la causa que investiga la muerte del cámara en plena invasión de Bagdad por parte del Ejército estadounidense. La causa se cerró después de que se revocara el procesamiento del sargento Thomas Gibson, el capitán Philip Wolford y el teniente coronel Philip Camp, acusados indiciariamente de provocar la muerte de Couso al disparar contra el hotel desde un carro de combate.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde, considera que, "indiciariamente", los hechos podrían incardinarse en los artículos 611, 608 y 617 del Código Penal (que prevén condenas por ataques indiscriminados o excesivos a la población civil, con ocasión de un conflicto armado), así como en determinadas normas del Derecho Internacional Humanitario que se detallan de forma concreta, como es el Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales, entre las que se cita a los periodistas.

La decisión del Alto Tribunal, que deliberó este asunto a puerta cerrada el pasado 6 de julio, dando a conocer entonces únicamente el fallo, obliga a la Audiencia Nacional a reabrir el caso. Es la segunda vez que ocurre, pues en diciembre de 2006 el Supremo anuló un primer archivo de la causa rechazando que el fallecimiento pudiera incardinarse en "un acto de guerra".

En esta ocasión, la familia del cámara de Telecinco había presentado un recurso contra el auto dictado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 23 de octubre de 2009 que confirmó la conclusión del sumario como consecuencia de haber acordado, unos meses antes, la revocación del procesamiento del sargento Thomas Gibson, el capitán Philip Wolford y el teniente coronel Philip Camp, acusados indiciariamente de provocar la muerte de Couso.

La sentencia considera además el Supremo que el auto de la Audiencia Nacional "anticipa una sentencia absolutoria cuando no se han agotado las diligencias de instrucción", tanto las ordenadas por el juez encargado del caso, Santiago Pedraz, como las que pudieran proponerse más adelante, lo que "es susceptible de producir a las partes indefensión material". Además, declara la pertinencia de las pruebas solicitadas por las acusaciones particulares y populares, que interesaron la declaración de los representantes en España de las televisiones Al Yazera y Abbu Dhabi.