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La Policía Local no retira vehículos por el vacío legal

El Consistorio prevé adecuar la normativa en breve para soluciar el problema. Los agentes, según el sindicato Sppme, sólo retiran coches si está presente el conductor.

el 04 jun 2010 / 18:07 h.

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La sección del Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme) en el Ayuntamiento de Sevilla señaló ayer que ningún agente de la Policía Local hispalense se aviene ya a la retirada de vehículos cuando se produce una infracción ante el vacío legal existente en la nueva Ley de Seguridad Vial. En concreto, este sindicato ha denunciado que la norma no es clara respecto a la potestad de los agentes policiales para llamar a la grúa y retirar el vehículo.

 

El secretario de Organización del Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme), Carlos Guerra, indicó a la agencia Europa Press que los únicos servicios en los que la Policía Local interviene obedecen a aquellos en los que hay ciudadanos presentes, así como a aquellos en los que el vehículo deba ser inmovilizado o trasladado, por ejemplo, al carecer el conductor de seguro o cuando se ha producido un accidente.

A esta situación, según Guerra, se ha ido llegando "poco a poco", puesto que fueron algunos los agentes que comenzaron siguiendo las recomendaciones del Sppme, que progresivamente han ido ampliando su espectro, desde que el pasado 25 de mayo entrara en vigor la nueva normativa vial.

Por su parte, la Secretaría del Ayuntamiento de Sevilla está estudiando la situación para resolver dicho conflicto legal, según indicaron a Europa Press fuentes municipales. Estas fuentes precisaron que las previsiones de Alcaldía pasan por que en el periodo de tiempo más breve posible quede resuelto este problema y los agentes puedan volver a ordenar la retirada de un vehículo infractor con total seguridad.

El conflicto tiene su origen en la publicación oficial de la nueva normativa, en la que el sindicato observó un cambio "importante", ya que en su artículo 85 dice textualmente que "la autoridad encargada de la gestión del tráfico podrá proceder, si el obligado a ello no lo hiciera, a la retirada del vehículo de la vía y su depósito en el lugar que se designe".

Según el Sppme, ello afectaría de forma "directa" a la retirada que realizan los policías locales de vehículos estacionados indebidamente, "ya que la autoridad encargada de la gestión del tráfico es el alcalde". Sin embargo, el artículo 83.2 "sí habla de los agentes de la autoridad al referirse a quienes pueden ordenar la inmovilización".

La central sindical agregó que otros ayuntamientos del país ya han adecuado su normativa a lo estipulado en la nueva Ley 18/2009, "por lo cual se demuestra una vez más que la Policía Local es lo último para nuestro Ayuntamiento", sentenció el secretario de Organización del Sindicato Profesional de Policías Municipales de España.

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