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Actualizado: 25 mar 2017 / 20:26 h.
  • Carmen Moruno Vera. / Jesús Barrera
    Carmen Moruno Vera. / Jesús Barrera

El que escribe tiene la inmensa fortuna de conocer a Carmen Moruno, excelente profesional y mejor persona. Carmen es una mujer amable, elegante, cercana en el trato y con un fondo que brilla con la elegancia que solo te concede la bondad.

Forma parte del turno de oficio en la jurisdicción de menores de Sevilla desde que se creó. Y, lógicamente, su experiencia es amplia y solvente. Charlamos sobre las diferencias entre los menores y los mayores en el ámbito judicial.

«La ley del menor y la jurisdicción de mayores son cosas muy distintas. El espíritu de la Ley del Menor es el propio interés del menor, que no significa que el menor quede absuelto en cualquier caso. El interés del menor es que tome conciencia de lo que ha ocurrido, si es que realmente ha cometido los hechos, que sepa las consecuencias que tiene, que recapacite sobre sus actos y lo que viene después. La instrucción, una vez que el menor es denunciado, se comienza con el procedimiento en la Fiscalía de Menores donde se le toma declaración sobre el caso en cuestión»

Carmen Moruno afirma que su labor tiene un componente vocacional de grandes proporciones. Escucho pensando que ese entusiasmo con el que dice las cosas es el reflejo de esa marcada vocación.

«Puede ocurrir que el menor sea detenido por la Policía cuando son hechos de gravedad, donde se le toma declaración y posteriormente se remite ese expediente a Fiscalía de menores. En estos casos la policía puede iniciar con él el proceso de concienciación; de hecho en muchas ocasiones lo hacen, tratando de evitar de este modo que el menor repita su conducta delictiva en un futuro, y que si es posible quede en un hecho aislado.

Y siempre les conceden que puedan hablar con los letrados antes de declarar. Si el menor se arrepiente de lo que ha hecho es beneficioso, pudiendo llegar a influir su actitud a la hora de aplicar medidas en juicio o, incluso, a encontrar una solución extrajudicial en Fiscalía de Menores puesto que el expediente no llega a pasar al Juzgado de Menores. Siempre tienen que declaran en presencia del padre, madre o del representante legal tanto en Policía como en Fiscalía. Se hace patente que la jurisdicción de menores es muy diferente a la de los mayores».

Seguimos charlando y me intereso por las posibilidades que existen de superar estas situaciones por parte del menor, por sus familias y cómo se gestionan situaciones tan difíciles.

«Se intenta que el menor mejore en sus estudios, que cuide las amistades con las que se relaciona, que los conflictos en casa (si es que los hay) desaparezcan en la medida de lo posible... ;en muchas ocasiones son menores pertenecientes a familias desestructuradas que son víctimas de sus propias circunstancias, aunque últimamente existe un gran número de casos de maltrato en el ámbito familiar, lo que pone de manifiesto lo preocupante de la situación, y la importancia de dar solución a esto de algún modo.

Si se produce arrepentimiento y la otra parte lo acepta, como hemos dicho anteriormente, se puede llegar a una solución extrajudicial. Esto se puede solucionar con una amonestación, con el pago de los daños ocasionados o de cualquier otra forma que sea necesaria. Si no hay solución extrajudicial, el equipo técnico (trabajadores sociales, sicólogos...) comienzan su labor. Realizan un informe completo de la situación del menor: colegio, familia, amistades, posibles consumos de drogas... Se trata de profundizar en la realidad del menor. A mí, personalmente, me gusta hablar con los menores; siempre lo hago durante el procedimiento para poner mi granito de arena y que el procedimiento no caiga en saco roto. Porque soy de las convencidas de que la labor del letrado forma parte de todo el proceso y es de relevancia. Por otra parte, los jueces, además, siempre muestran su apoyo y la labor termina convertida en la de un equipo; tenemos la suerte de tener en Sevilla tres jueces de menores estupendos que se implican mucho en este sentido».

Que esto sea así siempre no parece muy probable, le digo.

«La absolución del menor no siempre debe ser el fin de todo procedimiento, el objetivo es que no vuelvan a producirse los hechos si realmente se han cometido. Y ese trabajo de todos es fundamental».

Carmen Moruno insiste en las diferencias con la jurisdicción de mayores.

«Si hablamos de menores hablamos de centros de reforma y no de prisión; de medidas y no de penas. Y, desde luego, el objetivo es que las medidas que se adopten sirvan para que el menor mejore».

La gestión de estos asuntos debe ser delicadísima. Y así se lo digo.

«Sí, pero con mucha frecuencia tenemos jornadas y preparación específica. Hay que estar al día. En esta jurisdicción no somos muchos letrados porque es un área muy vocacional. Ten en cuenta que es un trabajo con mucha implicación emocional. Muchas veces, son víctimas de su entorno y es necesario trabajar con ellos para que el futuro sea más prometedor. El poder ayudar me produce una enorme satisfacción personal. Es una labor difícil. Procuro hablar con los padres para dejar claro una idea que manejo siempre: hay que tratar a los menores con todo el cariño del mundo, pero con límites. Y para recordar a los padres que la comunicación es fundamental. Ayudar al menor supone que los padres se impliquen, que los letrados, los jueces, los fiscales, equipo técnico, todos nos impliquemos al máximo, y por supuesto en los Juzgados de Menores de Sevilla esa labor se cumple».

Pero los resultados ¿acompañan?

«En la medida que es posible, me gusta intentar estar pendiente de la evolución del menor al terminar el procedimiento. A veces ocurre que el resultado puede ser muy satisfactorio para todos, incluido el letrado».

Dame el titular, Carmen; se lo pido sabiendo que lo hará.

«La jurisdicción de menores me ha proporcionado muchas alegrías. Trabajar con menores es trabajar con el futuro y dentro del ejercicio de la abogacía que he realizado me ha dado las mayores satisfacciones y los mayores descontentos».