La cadena de supermercados Dia incrementa el sueldo de sus 16.000 trabajadores para 2020 y 2021, según consta en el convenio colectivo publicado este miércoles el Boletín Oficial del estado (BOE).
En concreto, la dirección de la compañía y los sindicatos Fetico, CCOO y UGT FeSMC rubricaron a finales de enero el nuevo convenio colectivo para el periodo del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021.
De esta forma, en el nuevo convenio se han unificado los módulos A y B en uno único, que tendrá un salario para 2020 de 13.700 euros, y para el 2021 de 14.000 euros.
De esta forma, los trabajadores de Dia en Castellón, Palencia, Sevilla, Dos Hermanas, Cuenca, Jaén, Ávila, Orense, Lugo, León, Soria y Huesca tendrán un incremento salarial de un 4,63% en 2020 y un 2,19% en 2021, un 6,82% más en los dos próximos años.
Por su parte, los empleados de la firma en Asturias, Tarragona, Madrid, Gerona, Alicante, Valencia y Cantabria registrarán una subida del 2,69% en 2020 y del 2,19% en 2021, lo que supone un incremento en los dos años de un 4,88%.
Para el resto de módulos, que afecta a los trabajadores de las demás provincias, el incremento salarial será de un 1,1% para este año y del 1% para 2021.
Además, los trabajadores que tengan un salario anual fijo o inferior a los 23.000 euros recibirán una gratificación extraordinaria de 100 euros en compensación por 2019.
Sindicatos y patronal también han acordado el mantenimiento de la jornada laboral actual de 1.784 horas, así como del mantenimiento del 100% del salario en caso de incapacidad temporal (IT).
Respecto al salario variable, además del incremento igual al del salario, se garantiza el tramo 2 a todos los trabajadores que actualmente lo perciben, sin necesidad de evaluaciones, convirtiéndose así en fijo durante la vigencia del convenio. De la misma manera se garantiza el tramo 4 a todos los trabajadores que lo hayan percibido durante seis meses en el año anterior.
Además se establece un complemento de especial responsabilidad de un 3% del salario base grupo para los cajeros, pertenecientes al grupo profesional IV, que además de realizar las funciones efectivas correspondientes a su grupo, efectúen, cuando así se les encomiendeexpresamente, en ausencia del responsable de tienda, tareas de auxilio y apoyo en la gestión de la tienda.